Saludos, NECESITO AYUDA, la verdad estoy muy desesperado, triste y sin ganas de muchas cosas, me levanto a diario por mi hermosa esposa y mis 2 hijos pequeños (8 y 2 años).
Expongo mi situación (no me juzguen por favor).
La deuda o más bien deudas se remontan al año 2019, con 2 tarjetas de crédito y 1 crédito personal con BBVA, en ese momento me quedé sin trabajo y las ventas que realizaba yo por mi cuenta de artículos varios bajaron muchísimo, comencé a tomar dinero de una tarjeta para pagar otra, en mayo de 2019 deje de pagar todo, las deudas quedaron así: $140,000; $28;000 y $83,600, comenzaron las llamadas y visitas y demás, jamas me negué a pagar, solo que no tengo para hacerlo.
En 2021 se me informó que la deuda había sido adquirida por Ibkan Capital, pero ahora el monto total de deuda ascendió a $674,322.24, cantidad que se ha vuelto realmente impagable, la anterior ya lo era :(
Me han llegado notificaciones de cobranza extrajudicial, que he tenido que ignorar, no es que no quiera pagar, realmente no me alcanza, ya tengo trabajo, pero apenas salgo con los gastos, estoy realmente agobiado, más de una vez he pensado en una salida "fácil", pero veo a mis hijos y me trato de animar.
Ayer me llegó un correo electrónico que a continuación coloco:
AVISO URGENTE
Requerimiento Extrajudicial
Vencimiento de Pagaré BBVA/IBKAN Capital
Por medio de la presente notificación extrajudicial con carácter de URGENTE se le informa; que usted suscribió un pagaré, el cual al día de hoy presenta una SUERTE PRINCIPAL DEUDORA
CONSIDERABLE A FAVOR DE IBKAN CAPITAL SAPI DE CV / BBVA MEXICO.
Habiendo llegado la fecha de vencimiento del referido pagaré, usted no ha procedido al pago de la cantidad adeudada, a pesar de los requerimientos extrajudiciales efectuados, sin que hasta la fecha se haya obtenido respuesta ni el cumplimiento del pago. Por lo expuesto, y en virtud de lo dispuesto en los artículos Artículo 81,175,150,29 relativo a la LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO así como el Artículo 208, 1939 del Código Civil Federal.
Así mismo se le exhorta a llegar a un medio de CONCILIACION PACIFICA a efecto de desistirnos de cualquier acción legal en contra suya y de quien resulte procedente por el monto total de la cuantía intereses ordinarios, gastos y costas del juicio; por lo cual proponemos CELEBRAR CONVENIO DE PAGO POR ESCRITO APEGADO A DERECHO.
CON LOS SIGUIENTES BENEFICIOS
ACTUALIZACION DE BURO DE CREDITO A MOP 01 (SEMAFORO VERDE)
ATRACTIVA CONDONACION DE SALDOS E INTERESES
CARTA DE NO ADEUDO
EVITANDO LAS LOS PROCESOS COMO
-NOTIFICACION AL SAT Y COMISIÓN BANCARIA PARA LA ADJUDICAICON DE SUS CUENTAS BANCARIAS Y NOMINALES PARA ASEGURAR EL MONTO DE SU ADEUDO
-BUSQUEDA Y NOTIFICACION EN VIA MEDIOS ELECTRONICOS
- EMPLAZAMIENTO EN SU DOMICILIO Y/O LUGAR DE TRABAJO
Deberá comunicarse de manera inmediata para formalizar CONVENIO DE PAGO en un plazo no mayor a 24 HRS. A PARTIR DE LA ENTREGA DEL PRESENTE REQUERIMIENTO EXTRAJUDICIAL, Y PODER SER BENEFICIADO CON UN DESCUENTO ESPECIAL CON LA CONDONACIÓN DE INTERESES MORATORIOS.
comuníquese de inmediato SI SU INTENCIÓN ES PAGAR
Con gusto buscaremos soluciones en conjunto. Para todo problema económico hay siempre una solución fácil, clara y plausible
A y E Especialistas jurídicos
Supervisor de Operaciones Lic. Ignacio Vázquez
5529309039 vía telefónica o WhatsApp
Realmente agradecería su ayuda.
Gracias por leerme.