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| EMBARGO DE "CONSULTORIA JURIDICA Y ADMINISTRATIVA SA DE CV" | |
| | Autor | Mensaje |
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aleksin14 Medio
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 10
| Tema: EMBARGO DE "CONSULTORIA JURIDICA Y ADMINISTRATIVA SA DE CV" Lun Oct 26, 2009 11:36 am | |
| Hola, buenas tardes!... recibi una notificacion por parte de la empresa CONSULTORIA JURIDICA Y ADMINISTRATIVA SA DE CV dond eme indican que en base a los articulos 1392, 1393, 1394 del codigo de comercio, procederan el dia 30 de oct. con un embargo por tres veces el monto total de mi adeudo.
Esto la verdad me inquieta, y mas por las llaamdas que lamentablemente yo no atiendo, sino mi familia, y una vez hasta hicieron que mi mamà se pusiera muy nerviosa.
El monto que les debo es de aprox 1100 pesos y ellos me invitan a hacer un pago de 4057.81 como una UNICA PROPUESTA esto se me hace una burla y mas aun el monto que segun quieren que les pague.
En realidad pueden venir a embargarme?? de que manera puedo protegerme en caso de que se haga??
AYUDENME STOY ALGO NERVIOSO!!! | |
| | | Abogado Vázquez Experto
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 3285
| Tema: Re: EMBARGO DE "CONSULTORIA JURIDICA Y ADMINISTRATIVA SA DE CV" Lun Oct 26, 2009 11:51 am | |
| No nunca es muy poco para demandarte.
No te apures y espera el descuento. | |
| | | ozo Avanzado
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 237
| Tema: Re: EMBARGO DE "CONSULTORIA JURIDICA Y ADMINISTRATIVA SA DE CV" Lun Oct 26, 2009 11:52 am | |
| aleksin14, la verdad es que resulta de risa que por esa cantidad, pretendan demandarte, no dices de que tipo de credito es tu deuda, pero por cualquier tipo de credito la cantidad es pequeña, tranquilizate no pasa nada, juntate los 1100 que debes y negocia con el despacho por esa cantidad...
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| | | Invitado Invitado
| Tema: Re: EMBARGO DE "CONSULTORIA JURIDICA Y ADMINISTRATIVA SA DE CV" Lun Oct 26, 2009 11:55 am | |
| Requisitos para la diligencia de embargo a) Formalidades que debe contener el oficio donde consta la orden de embargo: 1. Debe estar en hoja membretada original del "Poder Judicial de la Federación", con un sello en la parte superior izquierda. 2. El oficio debe tener sello original del juzgado que ordena el embargo, nombre y firma original del titular del juzgado o del secretario de acuerdos que lo suple. 3. Debe tener el número de expediente y el tipo de juicio. 4. Debe identificar a la persona, física o moral a la que se requerirá el monto de lo adeudado. 5. Debe contener la trascripción del acuerdo dictado por juez competente, en donde conste que se está ordenando el embargo y el motivo del mismo. 6. En el acuerdo debe constar que se faculta al actuario en turno para practicar la diligencia. |
| | | aleksin14 Medio
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 10
| Tema: Re: EMBARGO DE "CONSULTORIA JURIDICA Y ADMINISTRATIVA SA DE CV" Lun Oct 26, 2009 12:01 pm | |
| - ozo escribió:
- aleksin14, la verdad es que resulta de risa que por esa cantidad, pretendan demandarte, no dices de que tipo de credito es tu deuda, pero por cualquier tipo de credito la cantidad es pequeña, tranquilizate no pasa nada, juntate los 1100 que debes y negocia con el despacho por esa cantidad...
ES UNA TARJETA DE CREDITO DE C&A.. DEBO A OTRAS 3 TARJETAS Y POR MONTOS MAYORES.. PERO EN NINGUNO DE LOS OTROS CASOS ME FRIEGAN TANTO COMO ELLOS... PORQUE SERA?? | |
| | | EJ-DDD Experto
Nivel : ASESOR Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 3157
| Tema: Re: EMBARGO DE "CONSULTORIA JURIDICA Y ADMINISTRATIVA SA DE CV" Lun Oct 26, 2009 12:03 pm | |
| Para que un EMBARGO proceda, primero deberás de ser demandado(a) por tu Acreedor (BANCO, TIENDA DEPARTAMENTAL, ETC.), y notificado(a) por medio de un actuario de algún juzgado plenamente identificado, (Y no por un disque Lic. De un despacho).
Tendrás que contestar la demanda en un plazo de 5 días y como tú no te niegas a pagar, sino que la realidad es que no tienes para pagar los importes e intereses usureros que el BANCO te pide, pues el juez solicitara que llegues a un acuerdo con tu acreedor y terminaras pagando lo justo acorde a tu realidad económica o el mismo determinara una cantidad basada en el 30% del total que demuestres de tus ingresos, Y NADA DE EMBARGO.
Pero fíjate que ya es un costo alto una demanda y luego ejecutar un embargo es otro costo más, no es viable muchas veces para el acreedor y buscará mejores alternativas como es la negociación, no te preocupes y sigue con ánimo | |
| | | mavrob Novato
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 2
| Tema: Re: EMBARGO DE "CONSULTORIA JURIDICA Y ADMINISTRATIVA SA DE CV" Miér Mar 09, 2011 10:48 pm | |
| Hola Que tal!!!
Disculpen alguien me prodria orientar, me tope en la reja de la casa la semana pasada con una notificación de consultoria juridica y administrativa s.a de c.v, a nombre d quien fuera mi padre, yo no tenia conocimiento d alguna deuda, el fallecio en mayo d 2010, y sinceramente yo no vivia allegado a el pues el contaba con otra familia, no se como contestar a esa notificacion, q procede , pues cosas en esa casa ya no hay todo se llevo la señora q vivio con el, podrian guiarme que debo hacer?? muchas gracias, espero su respuesta | |
| | | yo_deudor Experto
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Deudas pagadas : 8 Mensajes : 21426
| Tema: Re: EMBARGO DE "CONSULTORIA JURIDICA Y ADMINISTRATIVA SA DE CV" Jue Mar 10, 2011 9:20 am | |
| Hola mavrob
Debes de notificar al acreedor original el fallecimiento de tu Padre y debes de anexar el Acta de defunción.
Independientemente de lo anterior si seria conveniente saber quien es el acreedor original, el numero de cuenta, el monto actual y desde cuando dejo de pagar. A lo mejor esto ultimo coincidio con la fecha de fallecimiento que es perfectametne entendible.
y mientras tanto ignorar estos cartas y no tener contacto con ellos porque son tan poca cosa algunos cobradores que pondran en duda el fallecimiento de tu Padre y para pasar por eso.
Saludos
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| | | yo_deudor Experto
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Deudas pagadas : 8 Mensajes : 21426
| Tema: Re: EMBARGO DE "CONSULTORIA JURIDICA Y ADMINISTRATIVA SA DE CV" Jue Mar 10, 2011 9:26 am | |
| Lo siguiente es lo que recomienda CONDUSEF para notificar al acreedor el fallecimiento del titular de adeudo. ¿Cómo cancelar la tarjeta de crédito del titular si éste fallece? Cada institución bancaria aplica condiciones diferentes para la cancelación de una tarjeta de crédito por fallecimiento del titular y la cobertura del monto del adeudo. La forma más común en cómo se cancela el adeudo es mediante un seguro que las instituciones tienen contratado y que cubre el saldo deudor de la cuenta en caso de fallecimiento del titular. A través de éste, se cubren los saldos en contra del cliente que existan al momento de su fallecimiento. Otra forma es mediante la condonación del adeudo de la línea de crédito. En cualquiera de los dos casos, los adeudos que se cubren son sólo aquellos realizados hasta el momento del fallecimiento del titular. Lo que significa que no están obligados a pagar montos de adeudos posteriores al fallecimiento realizados por titulares de tarjetas adicionales. Cabe mencionar que la ley establece que las personas a quienes el titular de un crédito revolvente haya autorizado el uso de tarjetas adicionales en ningún caso podrá ser obligado solidario o subsidiario de éste. Pero en caso de que los tarjetahabientes adicionales sigan usándolas, posterior al fallecimiento del titular de la tarjeta, el emisor podrá exigirles el pago de las transacciones que haya realizado. Para cancelar una tarjeta de crédito por deceso del titular se debe presentar en un plazo no mayor a 180 días naturales a partir de la fecha del fallecimiento del cliente: * Copia certificada del acta de defunción * Identificación oficial del finado * Identificación oficial de quien presenta la cancelación * Escrito de notificación por fallecimiento que contenga el nombre y la cuenta del titular de la tarjeta de crédito. Lo más recomendable es leer los contratos de adhesión que se firmaron al momento de contratar el crédito, en donde viene una clausula denominada por lo general de alguna de las siguientes formas: Seguros, Liberación de Saldos por Fallecimiento, Régimen del Saldo por Fallecimiento, Seguros sobre Saldos o Liberación de Saldo Insoluto por Fallecimiento, para conocer la forma en la que aplica en su caso. http://www.condusef.gob.mx/Revista/index.php/usuario-inteligente/servicios-financieros/239-sin-enredos-cancela-tus-tarjetasSaludos | |
| | | mavrob Novato
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 2
| Tema: Re: EMBARGO DE "CONSULTORIA JURIDICA Y ADMINISTRATIVA SA DE CV" Jue Mar 17, 2011 10:46 am | |
| Les agradesco la ayuda, me comunique al depto juridico y me dijeron q enviara la acta de defunsion y asi lo hice, pero no me supieron contestar cuando volvi a comunicarme no aparecia los datos con el nombre de mi padre, pero al parecer el fax si lo recibieron,
en este caso asi me quedo o tengo q volver a comunicarme con ellos??? | |
| | | yo_deudor Experto
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Deudas pagadas : 8 Mensajes : 21426
| Tema: Re: EMBARGO DE "CONSULTORIA JURIDICA Y ADMINISTRATIVA SA DE CV" Jue Mar 17, 2011 10:58 am | |
| Hola mavrob
Sigue comunicandote con ellos hasta que te indiquen que recibieron los documentos.
Tambien puedes ir a una sucursal y explicar que quieres reportar esta defunción y si ahi puedes entregar los documentos originales, ya que si no mal recuerdo es un requisito que sean originales. Y si llegaras a entregarlos redacta una carta explicando el motivo y que documentos entregas y le sacas una copia y que te lo firmen de recibido.
Saludos
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| | | | EMBARGO DE "CONSULTORIA JURIDICA Y ADMINISTRATIVA SA DE CV" | |
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