Hola buen día, quisiera exponer mi caso para que si pueden me Asesoren, mi pareja le debe a Famsa 8,000 y lo comento así porque ella solicitó el préstamo para uso de ella es decir yo nada tuve que ver con el préstamo, sólo me puso como referencia, dio mi número de celular como propio porque ella no tiene, ahora me esta llegando una carta dónde me dicen lo siguiente:
Hemos agendado el día jueves 31 Enero 2019 a las 8 am una ejecución de cobro extraordinario en éste domicilio, la orden de cobro fue obtenida por el pagaré que usted firmó cuando adquirió su crédito Famsa lo que nos ampara ante la ley para realizar dicho procedimiento....se presentará un secretario de juzgado, cargadores, policías, y cerrajero, asi como personal médico que este alerta para un problema con los habitantes, los policias cuidarán el órden hasta el cierre de la calle y un cerrajero abrirá el domicilio acompañado siempre del secretario ejecutor.
El secretario señalará los bienes inmuebles que garanticen valor de hasta 3 veces el adeudo mismos,que se subirán al flete y se almacenarán hasta que se liquide el adeudo y seran agregados 8,000 como gastos de ejecución NADIE PODRÁ OPONERSE A LA EJECUCIÓN DEL COBRO y en caso de hacerlo se podría aplicar medidas de apremio.
usted tiene hasta el 29 ene 2019 antes de las 12 del medio día para liquidar, de no ser así será inminente la ejecución en el domicilio
Ahora comentarles yo ya me separe de ella hace 4 meses y no tengo comunicación además yo ya dejaré el domicilio precisamente este fin de mes porque me cambiaré a otro dónde se me acomoda para mi trabajo, tengo los telefonos tanto de Famsa como del jurico.
Pregunto...pueden proceder al embargo en esas instancias que mencionan? Que tengo que hacer o decirles? No me gustaría que molestaran a los próximos habitantes de ese domicilio, porque no me agradaría que me pasará lo mismo.
Muchas Gracias por su apoyo!!