Excelente la instancia, muchas gracias a las personas que responden!
Mi consulta es la sgte. Perdí un juicio por choque sin lesionados, sin embargo me están pidiendo una millonada, la cosa es que no han podido dar conmigo porque ya no vivo en la casa que al principio figuraba, ahora no se en que va la cosa, al parecer contrataron a un receptor esto lo supe de casualidad al ir a preguntar por mi caso, la cosa es que quisiera saber si las notificaciones de liquidación de la deuda o de orden de pago y posterior embargo deben ser recibidas personalmente o pueden entregársela a cualquiera que pillen. Por otro lado estuve leyendo que si no hay nada de valor entre mis muebles, no puedo tener nada, pero que este tipo de deudas estos juicios de embargos prescriben después de dos años. Es cierto eso? Hay alguna forma de llegar a un acuerdo si ya hay sentencia? Muchas gracias