Buenas tardes
Mi pregunta es sobre, si es posible que todo ese procedimiento se lleve a cabo sin el dictamen de un JUEZ ?
Definitivamente no.
- En caso de que hagan una DEMANDA MERCANTIL en mi contra, debo ser notificado de la misma?
Por supuesto, ese es un derecho constitucional también.
- A través de qué TIPO DE DOCUMENTO debo ser notificado?
A través de la notificación formal por parte del juzgado, entregada en mano o por estrados si no es posible localizarle.
- Y cuál sería la INSTANCIA que la emitiría ? Un JUZGADO?
Así es un Juzgado civil
- Cuánto tiempo lleva un JUICIO por DEMANDA MERCANTIL ?
Eso depende de montos, acreedor y defensa.
-Qué significa REHABILITACIÓN JUDICIAL? y si es procedente en este caso?
En este caso en particular nada.
La definición según wikipedia:
Jurídicamente consiste en reintegrar al sentenciado en sus Derechos civiles, políticos y de familia que estaban suspendidos o había perdido a causa de la sentencia o por cualquier proceso por los cuales hayan quedado suspendidos
Como puede ver no es su caso, solo maniobras poco éticas de cobranza.
-Finalmente, de presentarse un REPRESENTANTE DE DICHO GRUPO DE COBRANZA a mi domicilio queriendo llevar a cabo UN EMBARGO, sin ningún documento oficial, qué debo hacer?
No permitirlo y solicitar el apoyo de la fuerza pública.