Amiga andre,
La mayoria de las Leyes que aplican para lo referente a Embargos y Demandas son muy similares en los paises Latinoamericanos, sin embargo, la ayuda que necesitas es especificamente bajo las leyes Argentinas.
Aqui en Mexico aplica asi:
previo a un embargo siempre debe de haber una Notificacion de DEMANDA por TDC en tu contra mediante un Actuario plenamente identificado y el EMBARGO solo se dara al final del JUICIO y siempre y cuando el JUEZ falle en tu contra., es decir que tu te niegues a pagar o que no reconozcas la DEUDA.
Sin embargo cuando hay un Pagare de Pormedio como en el caso de los prestamos personales, Existe el Embargo precautorio, que va aparejado con la accion de la Demanda, y en ese caso si te pueden embargar al incio del proceso.
Pero como tu no tienes propiedades que garanticen al BANCO la recuperacion de la DEUDA y los GASTOS de un JUICIO, pues simple y sencillamente es muy dificil que demanden.
Ahora si tienes bienes muebles con que comnpruebes que no son tuyos mediante FACTURA, ya la hiciste !!!
Saludos y SUERTE !!!