| Deuda en el Extranjero | |
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Autor | Mensaje |
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Alo Novato
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 9
| Tema: Deuda en el Extranjero Jue Mayo 20, 2010 11:52 am | |
| Buenas tardes,
Fui a trabajar a España hace 9 años, no tuve problemas hasta hace 1 año que se recrudeció la crisis económica y me despidieron de mi trabajo y ante la dificultad de conseguir otro decidí volver a mi País pero dejé allá una deuda por un crédito personal, el cual había pagado puntualmente, liquidé mas de la mitad del mismo pero ahora mismo no puedo seguir liquidándolo, aquí encontré trabajo pero me alcanza solo para vivir ajustadamente. Mi pregunta es, esa deuda, podrá ser sujeta de embargo en México? yo he hablado con el banco, explicado mi situación pero se han negado a negociar, ni siquiera a escuchar, solo amenazan mas sin embargo yo estoy dispuesto a pagar pero es solo que ahora mismo no puedo. Creo que me han dicho toda clase de mentiras, como que no obstante la deuda es civil y no constituye un delito penal, en mi caso si lo es porque me "fugué" ( de dónde, no lo se ). Bien, yo entiendo que deber aquí o en España o Corea constituye una obligación y como tal debemos cumplirla y pagar pero si en este momento no es posible, que puedo hacer ? No puedo vivir angustiado las 24 hrs del dia !! En fin, espero que alguien pueda darme una opinión. Saludos | |
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martina Experto
Nivel : Afiliado Soy de : CDMX Sexo : Femenino Mensajes : 5090
| Tema: Re: Deuda en el Extranjero Jue Mayo 20, 2010 2:33 pm | |
| ¿Alguien que sepa al respecto? | |
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EJ-DDD Experto
Nivel : ASESOR Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 3157
| Tema: Re: Deuda en el Extranjero Jue Mayo 20, 2010 2:50 pm | |
| De alguna manera cuando son extranjeros es mucho más difícil emprender una acción legal a medida que no tiene representante legal en el país, el que sea de embargo es prácticamente imposible, volvemos a los mismo por su representación legal ya que ellos se sujetan a nuestras leyes, aún así lo sano sería checar mas a fondo con Ángel ya que por obligación moral y legal hay que liquidar, pero primero hay que ahorrar.
Última edición por EJ-DDD el Jue Mayo 20, 2010 8:27 pm, editado 1 vez | |
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Abogado Vázquez Experto
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 3285
| Tema: Re: Deuda en el Extranjero Jue Mayo 20, 2010 2:58 pm | |
| Necesito que llames el derecho comparado es cosa delicada, no solo de homologación. | |
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EJ-DDD Experto
Nivel : ASESOR Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 3157
| Tema: Re: Deuda en el Extranjero Jue Mayo 20, 2010 2:59 pm | |
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Alo Novato
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 9
| Tema: Re: Deuda en el Extranjero Jue Mayo 20, 2010 4:45 pm | |
| - Abogado Vázquez escribió:
- Necesito que llames el derecho comparado es cosa delicada, no solo de homologación.
¿ Que llame a sus oficinas ? perdon pero no entendí. Gracias y saludos. | |
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Alo Novato
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 9
| Tema: Re: Deuda en el Extranjero Jue Mayo 20, 2010 4:51 pm | |
| - EJ-DDD escribió:
- De alguna manera cuando son extranjeros es mucho más difícil emprender una acción legal a medida que no tiene representante legal en el país, el que sea de embargo es prácticamente imposible, volvemos a los mismo por su representación legal ya que ellos se sujetan a nuestras leyes, aún así lo sano sería checar mas a fondo con Ángel ya que por obligación moral y legal hay que liquidar, pero primero a que ahorrar.
Amigo en España me comentó que por el recrudecimiento de la crisis económica en España y la destrucción de empleo en sectores de ocupación principal de inmigrantes estos ha regresado a su País de origen en grandes cantidades y que esto ha significado para los bancos una perdida en recuperación de prestamos, TC o personales pues prácticamente son imposibles de recuperar, obvio que la mayoría vuelve a su país sin pensar en pagar estos. Si existe el acuerdo entre ambos países para el cobro de deudas contraídas pero en muchas ocasiones el costo es demasiado alto además de que por ejemplo, mientras en España las costas si se reclaman en el pago de deuda me parece que aquí no, es asi ? Saludos. | |
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EJ-DDD Experto
Nivel : ASESOR Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 3157
| Tema: Re: Deuda en el Extranjero Jue Mayo 20, 2010 8:27 pm | |
| Alo, Saludos, no se si faltan algunos énfasis en tu explicación como signos de interrogación, coma, ...no se, por ejemplo:
En tu segundo pararfo que empieza con "Si existe el acuerdo....." no se empieza ahi la pregunta ya que al final del 2o. párrafo terminas con signo de interrogación.
En tu segundo párrafo después de la palabra "España" quires decir cosas en vez de costas.....disculpa la confianza, pero ayudanos para darte una mejor directriz. | |
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Administrador General Experto
Nivel : ASESOR Soy de : CDMX Sexo : Masculino Deudas pagadas : 0 Mensajes : 19868
| Tema: Re: Deuda en el Extranjero Jue Mayo 20, 2010 9:27 pm | |
| Claro! Recordemos que hasta una simple "," puede darle otro sentido por completo a una oracion y así, cambiar el contexto de la misma.
(Saludisimos amigo EJ! Ya pronto tendre el placer de verte nuevamente!) ¿Deseas una asesoría más personalizada sobre tu caso? llámanos: 5544400690 o envíanos un WhatsAppLa CONDUSEF te dice todo lo que debes saber acerca de la reforma financiera y sus verdaderos alcances hacia el deudor: Clic aquí | |
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Alo Novato
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 9
| Tema: Re: Deuda en el Extranjero Vie Mayo 21, 2010 6:17 am | |
| - EJ-DDD escribió:
- Alo, Saludos, no se si faltan algunos énfasis en tu explicación como signos de interrogación, coma, ...no se, por ejemplo:
En tu segundo pararfo que empieza con "Si existe el acuerdo....." no se empieza ahi la pregunta ya que al final del 2o. párrafo terminas con signo de interrogación.
En tu segundo párrafo después de la palabra "España" quires decir cosas en vez de costas.....disculpa la confianza, pero ayudanos para darte una mejor directriz. Hola, perdón por la mala redacción, tienen razón. Afirmo que existe el acuerdo entre México y España para el cobro de deudas contraídas en aquel País pero me dicen que es muy costoso y en ocasiones, dependiendo del monto de la deuda, lo bancos no intentan su recuperación fuera de territorio de la Union Europea. Con costas me refiero a las de ejecución, costas de ejecución, perdón si utilicé de manera incorrecta el termino, en España, los costos extras que genera el cobro de la como son procurador, etc los paga el deudor mientras que según tengo entendido y por lo que pude leer en el manual de este excelente sitio, en México no es así, los gastos extras no son pagados por el deudor, pero quizá me equivoco. Saludos y muchas gracias por la atención que ponen a mi pregunta. | |
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Alo Novato
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 9
| Tema: Re: Deuda en el Extranjero Vie Ago 06, 2010 10:24 am | |
| Buenos días,
Dejé este tema aquí pero no tuve muchas respuestas pero quisiera agregar algunas cosas que han sucedido posteriormente y que me gustaría me ayudaran a entender y solucionar.
Respecto al credito personal, continué pagandolo pero hace 3 meses que no puedo abonar nada y ayer recibí una llamada de un despacho de cobranza en México que ha asumido el cobro de la deuda, yo no estaba en casa por lo que dejaron el mensaje que han asumido la deuda que tengo en España, que si entiendo que al haber salido de España y no cumplir mis pagos lo pueden convertir en penal por haberme "fugado" , que procederán a embargar mis bienes en México y España y poco mas. Mi pregunta es, no he pagado 3 mensualidades, como es posible que este asunto ya esté en México si la deuda esta en España ? Como pueden pretender embargarme aquí y en España, no tengo bines en España y aquí una pequeña propiedad y cuenta de banco con lo que gano al mes. Ahora quien tiene mi deuda, el BBVA en España o un despacho de cobranza en México ? Ya no entiendo nada y este despacho no dejo número telefónico. Me sugieren que esto lo vea ya con un Abogado, debo hacer algo con mi única propiedad, patrimonio de mis hijas ? Espero algún comentario.
Mil gracias.
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Administrador General Experto
Nivel : ASESOR Soy de : CDMX Sexo : Masculino Deudas pagadas : 0 Mensajes : 19868
| Tema: Re: Deuda en el Extranjero Vie Ago 06, 2010 10:32 am | |
| Pues el asunto es delicado en el sentido de que si te demandan, todo el asunto se llevaría en España y tendrías que trasladarte hasta allá para poder defenderte.
Por otra parte, seria bueno un acercamiento con este despacho para ver que ofrecen y negociar la liquidación de este adeudo con un buen descuento.
Un dato que te falto agregar: Cuanto debes? ¿Deseas una asesoría más personalizada sobre tu caso? llámanos: 5544400690 o envíanos un WhatsAppLa CONDUSEF te dice todo lo que debes saber acerca de la reforma financiera y sus verdaderos alcances hacia el deudor: Clic aquí | |
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Alo Novato
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 9
| Tema: Re: Deuda en el Extranjero Vie Ago 06, 2010 10:42 am | |
| Hola, gracias por ru respuesta. Te comento que platiqué con un Abogado que esta en Madrid sobre este tema y me dice que en España debería haber recibido la notificación del banco sobre la deuda vencida, si después de ello no obtienen respuesta, comienzan a llamar, supongo que es como en México, y después de 6 meses aproximadamente lo convierten en procedimiento judicial, me citaría el juez pero si no comparezco lo único que sucede es que se acepta la deuda mas intereses por mora y costes pero no hay ni rebeldía ni nada de ello y entonces procederían a incluirme en el registro de morosos e intentar embargar lo que puedan pero no puede ser aquí y allá. Por ello me pregunto si será necesario un Abogado en México. La deuda es por 14,000 euros, aprox $230,000 pesos . | |
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Administrador General Experto
Nivel : ASESOR Soy de : CDMX Sexo : Masculino Deudas pagadas : 0 Mensajes : 19868
| Tema: Re: Deuda en el Extranjero Vie Ago 06, 2010 10:48 am | |
| Pues aunque desconozco la legislación en lo referente a lo mercantil en España, supongo que se les complicaría mucho el cobrarte hasta acá.
Lo que si es un hecho, es que al no contestar esta demanda efectivamente, das por aceptado todo lo que exige la parte actora y si, al menos en España estarías en problemas legales.
Lo ideal (y es nuestro propósito primordial aquí, en DDD) es que llegues a un acuerdo con tu acreedor para que pagues, pero lo justo.
Así que reitero mi recomendación anterior.
Un saludo. ¿Deseas una asesoría más personalizada sobre tu caso? llámanos: 5544400690 o envíanos un WhatsAppLa CONDUSEF te dice todo lo que debes saber acerca de la reforma financiera y sus verdaderos alcances hacia el deudor: Clic aquí | |
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Alo Novato
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 9
| Tema: Re: Deuda en el Extranjero Vie Ago 06, 2010 10:58 am | |
| Así es, yo lo que deseo es pagar, por ello aunque dejé España cuando perdí el empleo continué pagando desde aquí el crédito y reitero que es mi intención continuar haciéndolo pero no se si deba contactar ya con un Abogado en México. | |
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Administrador General Experto
Nivel : ASESOR Soy de : CDMX Sexo : Masculino Deudas pagadas : 0 Mensajes : 19868
| Tema: Re: Deuda en el Extranjero Vie Ago 06, 2010 11:00 am | |
| No creo que sea necesario por el momento. Primero contacta a este despacho en México y ve que es lo que te ofrece.
Un saludo. ¿Deseas una asesoría más personalizada sobre tu caso? llámanos: 5544400690 o envíanos un WhatsAppLa CONDUSEF te dice todo lo que debes saber acerca de la reforma financiera y sus verdaderos alcances hacia el deudor: Clic aquí | |
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Alo Novato
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| Tema: Re: Deuda en el Extranjero Vie Ago 06, 2010 11:03 am | |
| Muchas gracias por su atención, saludos. | |
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Administrador General Experto
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| Tema: Re: Deuda en el Extranjero Vie Ago 06, 2010 11:03 am | |
| Se me olvidaba:
NO FIRMES NADA hasta que no lo chequemos.
Un saludo. ¿Deseas una asesoría más personalizada sobre tu caso? llámanos: 5544400690 o envíanos un WhatsAppLa CONDUSEF te dice todo lo que debes saber acerca de la reforma financiera y sus verdaderos alcances hacia el deudor: Clic aquí | |
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Alo Novato
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| Tema: Re: Deuda en el Extranjero Vie Ago 06, 2010 11:14 am | |
| Seguro que no. De nuevo mil gracias. | |
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| Deuda en el Extranjero | |
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