Buenas tardes mi esposo contrajo una deuda en una pagina llamada lendon por 5500 pesos pero al quedarse din empleo y no poder pagarla la deuda aumento a 15677 pesos u le fue vendida a una empresa de cobranza hoy le llego este correo y esta muy preocupado.
De: JOCELINE RAMIREZ >
Fecha: El mar, 6 de ago. de 2019 a la(s) 15:55
Asunto: JUICIO MERCANTIL
Para:
“JUICIO MERCANTIL”
NOTIFICACION PARA LA PRESENTACION OFICIOS DE LA DEMANDA DE PAGO
Sr.XXXXXX
ES NUESTRO DEBER ADVERTIRLE QUE FINANCIERA LENDON se encuentra en una campaña de cobreo mediante demanda judicial JUICIOS EJECUTIVOS MERCANTILES, JUICIOS PENALES POR FRAUDES, entre otros SUS AVALES y SU DEUDA HA SIDO POSTULADA POR NUESTROS ABOGADOS para ejecutar una ORDEN DE DEMANDA de pago derivado del INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL, DE EVASION DE PAGO CALFICADA Y un posible FRAUDE en contra de nuestro representado FINANCIERA LENDON, DE IGUAL FORMA SE NOTIFICARA A SU AREA LABORAL
CANTIDAD A DEMANDAR $75,550
las deudas y LA PRESENTACION DE ESTA DEMANDA de pago podrá tener como consecuencias jurídicamente validas el posible EMBARGO DE BIENES, CASAS, AUTOMOVILES, COMPUTADORAS, Y/O SALARIOS LA EJECUCION DE SENTENCIAS PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD EN EL CASO DE FRAUDES CON PENAS QUE VAN DE LOS 6 MESES HASTA LOS 3 AÑOS DE PRISION y multas de 10 hasta 100 veces el salario mínimo.
Como parte de esta notificación le informamos de los pagos que se deben seguir en caso de un EMBARGO primero ENTREGAR AL DEMANDO LA SENTENCIA JUDICIAL echa por el juez en donde consta la ORDEN DE EMBARGO y después SE INICIRIA EL PROCESO DE EMBARGO con el cierre de la circulación de la calle, en caso que se cierre la puerta UN CERRAJERO AUTORIZADO POR EL JUZGADO PROCEDE A ABRIR LA CASA; junto CON ACTUARIO Y CARGADORES PROCEDE A ENTRAR AL DOMICILIO Y SE PROCEDE A LA DILIGENCIA CON EL EMBARGO. Es muy importante que en el caso que se llegue a ejecutar este procedimiento no exista ninguna irregularidad estén presentes representantes del juzgado como son los actuarios.
NOTIFICADO DE LAS posibles ACCIONES JUDICIALES se le da un PLAZO MAXIMO PARA NEGOCIAR Y LIQUIDAR SU ADEUDO en 48 horas posteriores a la recepción DE ESTE DOCUMENTO de lo contrario se confirmó día y mes LIC. NICOLAS MAQUIAVELO Y/O LIC. ROBERTO CEBALLOS FERREAS EJECUTARA EN SU DOMICILIO LA ORDEN DE DEMANDA de pago y que esto tenemos pruebas documentadas de su deuda consiste en los CONTRATOS DE ADHESION QUE HA DEMANDADO al momento de solicitar el crédito, en el ESTADO DE CUENTA CERTIFICADO donde se aprecian lo adeudado en su caso EL PAGARE FIRMADO POR EL DEMANDA así como IDENTIFIACION OFICIAL INE Y COMPROBANTE DE DOMICILIO
TEL.015567286883/84
WHATSSAP.5613652803
LE CONFIRMAMOS QUE ESTA DILIGENCIA ES LEGAL
Art. 386 del Código Penal Federal, comete el delito de fraude quien engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla, se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido
Art. 387.- El funcionario o servidor público que se apropia o utiliza, en cualquier forma, para sí o para otro, caudales o efectos cuya percepción, administración o custodia le estén confiados por razón de su cargo, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de ocho años.