Nadie te ha contestado hasta ahora, no estoy dedicado a ésto pero conozco bastante del tema. Para más confianza puedes checar la cantidad de participaciones que tengo...nunca me han llamado la atención los del staff por dar una opinión errónea... en la presentación anterior del contenido de la página, se me consideraba "usuario experto".
Bueno, en el número del banco no te van a contestar por una razón: el banco quiere que le pagues según lo pactado, de ninguna otra forma. en este caso, lo que te dicen tus amigos no esta alejado de la realidad: sí suspendes pagos por al menos 3 meses, podrás recibir quitas o descuentos sobre tu deuda, y se quedaron cortos, hasta del 90 % (dependiendo del acreedor). Eso sí, es suspender pagos hasta que no se presenten las quitas, y en caso de actuar así, pasará que el acreedor contratará despachos de cobranza, los cuales te llamaran la mayor cantidad de veces a cualquier teléfono en el que te puedan localizar. Eso es lo desagradable...también que quedarías con una nota negativa, en el buró, ya no te solicitarían más, la deuda quedaría cancelada, pero pasaría un tiempo ( 6 años en promedio) para obtener nuevos créditos.
No se puede embargar una dirección en donde ya no vives ( ¿porque no vives ahí, verdad?) así es que lo que mencionas no procede, además, el embargo lo hace el juzgado, y lo primero es cerciorarse de que el deudor vive ahí, no importa que esa dirección la hayas dado como tu residencia en su momento, lo importante es sí vives ahí o no. Lo de la visa, eso si te lo debo, no se como influya una deuda en eso.
Esperemos a que un experto te contacte. Aunque no lo creas, está participación puede ayudar a que eso pase.
Saludos