¿Cómo salir de deudas? Evitar mala cobranza y embargo de bienes
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 tengo una demanda real y ni quien conteste

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el terrible gus
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MensajeTema: Re: tengo una demanda real y ni quien conteste   tengo una demanda real y ni quien conteste - Página 2 Icon_minitimeLun Jun 08, 2009 12:17 pm

les explico un poco mi situacion financiera:

resulta que no tengo ahorrado absolutamente nada de dinero, y con mi sueldo no me alcansa mas que para cubrir mis gastos el licenciado que le solicite sus servicios dice que si el contesta la demanda el costo de sus honorarios de entrada son $ 3,000 pesos y de ahi en delante lo que pueda surgir.
una ves contestada esta demanda hay que pagar el dinero del pagare mas intereses devengados como el juez lo autorize eso es bajo mis posibilidades de pago quiero decir que puedo darles $ 100 pesos semanales.
pero tengo que pagar hasta que se cubra el ultimo centavo de dicho pagare mas honorario del abogado demandante, eso quiere decir que estoy hablando de mas de $ 25,000 pesos cosa que por mas que quiera hacer no puedo por que no tengo un trabajo estable y no quisiera conprometerme a elgo que no voy a poder. ahora si el juicio no se arregla en la primera audiencia, mi abogado va a cobrar honorarios hasta que se termine y eso si lo tengo que pagar de contado por que el no fiaaaaaaaaaaa. entienden mi situacion yo que mas quisiera contestar la demanda pero no puedo. enserio que no puedo.
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Abogado Díaz
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MensajeTema: Re: tengo una demanda real y ni quien conteste   tengo una demanda real y ni quien conteste - Página 2 Icon_minitimeLun Jun 08, 2009 1:36 pm

Buenas tardes, Terrible te comento lo siguiente, y de acuerdo a tu petición, una de ellas ya fue contestada respecto al orden de bienes embargables, por lo que indicas de que no cuentas con las facturas de la estufa y del esterero, la estufa la puedes retirar sin ningun problema, y si me pudieras indicar mas o menos el costo del estereo, esto para tener parametro de lo que embargaron, pues si es posible que soliciten la ampliación del ambargo, pero para esto tienen que acreditar que el bien no garantiza ese adeudo.

Ahora bien ya no pueden llegar nada mas así a tu domcilio, y aqui radica uno de los puntos por lo que se debe contestar la demanda, pues al hacerlo estas en contacto directo con lo que acontece en tu proceso, y te daras cuenta cuando de ser procedente tu contraparte solicite la ampliación de embargo y si lo autoriza el Juez te puedas preparar para recibirlos.

Es importante que me indiques cual es el contenido del auto que admite la demanda, que medida o apercibimiento hace el Juez para el caso de no contestar la demanda, pues en ocasiones el Juez dicta que en caso de no contestar la demanda se tendrtan por contestados los hechos de la demanda en sentido afirmativo, por lo que poco se podra hacer si no la contestas, y si bien te comente que primero hay que intertar el recurso de nulidad, la contestación se dede de hacer ad cautelam.

Te preciso que en todo momento tu señor padre o la persona que tenga las facturas de los bienes podrá interponer la terceria y el Juez en su momento declarara improcedente la traba realizada a los bienes.

No omito señalarte que jamas y bajo ningun motivo menciones que no pagas por que no tienes bienes, por que se te podria decretar insolvencia y con esto una acción fraudulenta, lo indicado y es como debe de contestarce la demanda es que no se paga por que ya se encuentra pagada, señalando testigos, y de acuerdo a como lo indicaste que pagaste a la señora hacer que esta comparezca al Juzgado a rendir prueba confesional con el apercibimiento de no comparecer se le declare confesa de las posiciones que se3 formulen para el desahogo de probanza.

Es por estas razones que desde mi particular punto de vista es necesario contestar, de lo contrario no se contaria con elementos para armar una defensa,

No me parece la actitud del abogado, pues al indicar que se tiene que pagar no tiene caso que entres a un proceso cuando de antemano ya lo perdiste, si es un problema grave el que tienes por no contar con elementos de prueba suficientes, pero creo que al menos el intentar se podria lograr, y para mi una base fuerte es el darle vista al M.P. para la posible integración del delito de ususra por los intereses, que indica, y aqui cabe el argumento que el interes lo puso sin tu autorización tratando de ajustarlo al legal que es del 6% anual.

No se omite señalar que en este tipo de proceso, no existe ninguna audiencia de previo y conciliación por que no es proceso civil, si no que hablamsos de un proceso MERCANTIL, pero lo que si es cierto que hasta antes de que el Juez dicte sentencia, las partes bajo su mas estricta responsabilidad podran realizar cuantas platicas de conciliación quieran.

En espera que te haya podido apoyar te manbdo saludos.
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el terrible gus
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MensajeTema: Re: tengo una demanda real y ni quien conteste   tengo una demanda real y ni quien conteste - Página 2 Icon_minitimeLun Jun 08, 2009 4:16 pm

esto es lo que dice el escrito: AUTO.- SE ADMITE.

en consecuencia se ordena requerir de pago al demandado y, en caso de no hacerlo en el momento de la diligencia embarguesele bienes de su propiedad suficientes a garantizar las prestaciones reclamadas, los que deberán quedar en deposito judicial de la persona y domicilio que designe el actor bajo su mas estricta responsabilidad, para lo cual deberá atenderse lo que disponen los artículos 1392, 1394 y 1395 del código de comercio. acto continuo se ordena emplazar a juicio al demandado corriéndole traslado con las copias simples de la demanda, documentos fundatorios, cédula que contenga la orden de embargo decretada en su contra, dejándole además copia de la diligencia practicada y demás documentos que señala el articulo 1061 del código de comercio; para que dentro del termino de 08 ocho días comparezca ante este juzgado a hacer pago liso y llano de lo reclamado o a oponerse a la ejecución si para ello tuviere excepciones legales que hacer valer, apercibido que en caso contrario le plecuira su derecho, debiendo sujetarse a lo que establecen los artículos 1399, 1400, 1401 del código de comercio. de conformidad a lo previsto por los artículos 1069, 1078 de la ley de la materia, se previene al demandado para que en el primer escrito señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, percibiéndole que de no hacerlo, las mismas, aun las de carácter personal se le practicaran mediante lista de acuerdos.

eso es lo que dice el escrito abogado diaz y nuevamente le agradezco su fina atención
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Abogado Díaz
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MensajeTema: Re: tengo una demanda real y ni quien conteste   tengo una demanda real y ni quien conteste - Página 2 Icon_minitimeLun Jun 08, 2009 4:53 pm

Gracias terrible, de acuerdo a tu respuesta en el auto de radicación no existe el apercibimiento de declararte confeso por no contestar la demanda, pero si es necesario hacerlo a efecto de poder establecer las excepciones procedentes, esto es las de caracter perentorias y no dilatorias, independientemente de oponer la nulidad de actuaciones y la vista al M.P.
Perdon y en donde esta este Juicio.

Gracias
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MensajeTema: Re: tengo una demanda real y ni quien conteste   tengo una demanda real y ni quien conteste - Página 2 Icon_minitimeLun Jun 08, 2009 5:30 pm

esta en jalisco abogado pero no entendi lo que me quizo decir en su escrito abogado diaz yo lo unico que quisiera preguntarle es lo siguiente usted me recomienda que pida prestado unos $ 6000 pesos para contestar la demanda por que de otra forma creamelo que no puedo hacerle.
por que no tengo nada de dinero. vamos a lo real amerita carcel una deuda de este tipo.
mi abogado es un consejo que me da por que el ya leyo la demanda y lo unico que me dijo es que al no haber nada que embargarme y nada que sacarme de dinero los licenciados de la parte acusadora pues ya no seguirian el caso por que estarian trabajando de a gratis y no mas que tubiera cuidado de no comprar nada a mi nombre. eso fue un consejo pero la otra opcion de el es contestar la demanda y pagar. por que no tengo testigo alguno.
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Abogado Díaz
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MensajeTema: Re: tengo una demanda real y ni quien conteste   tengo una demanda real y ni quien conteste - Página 2 Icon_minitimeLun Jun 08, 2009 5:48 pm

Mire no me parece etico de parte de mi colega, como le comente y lo han dicho infinidad de ocasiones nuestros compañeros del foro, esta deuda mientras no se declare la insolvencia por parte del Juzgado, no puede ser objeto de privación de libertad, no no puede ir a la carcel, ahora bien si usted pide prestado es para pagarle a su lic. y no para cubrir su adeudo, mismo que seguira ahi, si usted esta en la posición de pedir prestado, lo conveniente sería mejor ofrecerle a los abogados una negociación de pago, y una vez acordado usted recuperara el pagare y entonces si estar seguro que ya no le molestaran por ese tema. y si me permite y de acuerdo con mi experiencia, estos abogados no debeieron de haber pagado mas de trescientos o quinientos pesos por este documento por lo que casi le puedo asegurar que con dos mil pesos se dan por pagados de lo que reclaman, por otro lado y para mayor tranquilidad de usted, y con la seguridad que no puede ir a la carcel, le comento que al existir una garantía como lo es el estereo que se llevaron no se le podra declarar la insolvencia pues ese bien esta en garantía y si no cubre el total del adeudo es su problema de los que se lo señalaron, otra cosa que puede hacer es buscar en estos momentos a los abogados que se presentaron y platicar con ellos, y la verdad es una lastima que yo me encuentre en México si no con todo gusto yo platicaba con ellos. y veriamos la forma de convenir y que se desistieran de la demanda por pago. pero reitero mi preocupación de su abogado en querer dejar las cosas así, pues como le comento yo he manejado demandas desde mil a x millones de pesos y dificilmente se dejan a su suerte al cliente,

Espero haber podido apoyarlo Gracias.
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MensajeTema: Re: tengo una demanda real y ni quien conteste   tengo una demanda real y ni quien conteste - Página 2 Icon_minitimeLun Jun 08, 2009 9:28 pm

muchas gracias abogado por su pronta respuesta nesecito de solucionar esto pronto por que los 8 dias se vencen el viernes y estoy preocupado.

le agradesco toda su informacion y muchas gracias por su amable atencion hacia un servidor. cualquier cosa que decida le mantendre informado.
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MensajeTema: Re: tengo una demanda real y ni quien conteste   tengo una demanda real y ni quien conteste - Página 2 Icon_minitimeMar Jun 09, 2009 12:42 pm

ok abogado diaz ya vamos a contestar la demanda pero quisiera saber una cosa mas hay posibilidad de que me puedan embargar nuevamente o una ves contestada la demanda ya no me van a embargar se lo pregunto por que en la casa estan todos muy nerviosos y a mi me traen como el patito feo ya no puedo comer agusto en la casa por que mis hermanos y hermanas estan muy enojados, y la verdad quisiera saber si me pueden volver a embargar para prevenir a mis padres.

espero puedacontestarme y nuevamente le agradesco su atencion.
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Abogado Díaz
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MensajeTema: Re: tengo una demanda real y ni quien conteste   tengo una demanda real y ni quien conteste - Página 2 Icon_minitimeMar Jun 09, 2009 3:13 pm

Buenas tardes Terrible, mira que bueno que se contestará la demanda, por que con ello tendrás acceson a todos los movimientos que realice tu contraria, siempre y cuando tu abogado le de el seguimiento adecuado en el Juzgado, con ello te quiero decir que podras saber en que momento tu contraria puede solicitar una ampliación de emabrgo,

y si te pueden solicitar una ampliación de ambrago, pero para que esto suceda, el que te demando debe de acreditarle al Juez que el bien que ya te embargaron efectivamente no garantiza el adeudo, mediante un peritaje avaluo de bien, y claro eso le costara, ahora bien como ya te recomende trata de hablar con las personas que te demandaron para saber realmente que es lo que quieren, y ojala me puedas indicar en que sentido se contestará la demanda y si se interpondr{a el recurso de nulidad y sobre todo la vista al ministerio publico.

en espera que te sirva el comentario me despido.
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MensajeTema: Re: tengo una demanda real y ni quien conteste   tengo una demanda real y ni quien conteste - Página 2 Icon_minitimeMiér Jun 10, 2009 11:28 am

abogado diaz le comento lo siguiente: el bien que se me embargo era un estereo sony de 5 cd's y 4 bocinas de 10" cada una y altavoces lo que quiere decir que no acredita la deuda por que ese estereo hace 4 años que lo conpramos tenia el precio de $ 4,100 pesos por lo que a la fecha ese estereo en una bodega de remates ( de los mismos que quitan las tiendas como electra ) tiene un precio de $ 1,200 funcionando bien cosa que el estereo que embargaron algunas cosas no funcionan, lo cual quiere decir que para nada acredita la deuda y eso es a lo que tengo miedo por que hay cosas en la casa que es su casa, que son de valor como la sala que costo $ 16,000 pesos o el comedor, etc. que son cosas caras que no quisiera que se las fueran a llevar.
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