Buenas tardes.
El problema de la firma falsa realmente no lo entiendo.
En realidad es imposible firmar con una firma falsa a propio nombre, cualquier garabato que usted realice de manera autógrafa es su firma, no existen firmas registradas, ni nada parecido en México.
Para explicarme mejor déjeme extenderme un poco.
Legalmente la firma autógrafa es prueba legal corroborable por peritos en la materia, que determinan los trazos, las curvas, la profundidad de impresión y otros detalles a través de tecnicas de grafolofía y grafoscopia que son consideradas legalmente certeras, esto significa que se basan en el suponer de que cada uno de nosotros imprime en sus escritos, letras y garabatos, detalles unicos e inconfundibles que determina la autoría.
Dicho de otra forma, si usted firmo un garabato diferente al que figura en la mayoría de sus documentos, esto no quiere decir que su firma sea falsa, solo demuestra que usted en este caso particular decidió firmar de otra forma, no existe delito en ello.
Así que desde mi punto de vista estan ocurriendo alguna de dos situaciones.
-El acreedor, tras confesión , se ha enterado de que usted tiene la idea de que a firmado en falso y ocupa esta ignorancia en su contra, amedrentandole falsamente.
Ante este panorama le recomiendo que no repita ni acepte nuevamente esta supuesta falsedad y este tranquilo , pues una demanda penal no prosperaría.
-Usted a negado la firma ante autoridad judicial, sin embargo si no existe aún proceso, lo que supongo pues usted aun no ha sido victima de embargo, secuestro de bienes o prisión, es una posibilidad remota.
Ante este otro panorama le aconsejo que no niegue la firma y la acepte como suya, nadie esta obligado a firmar igual en todos lados, incluso es de uso común la rubrica en quienes constantemente se comprometen en contratos a nombre propio o de terceros.
En cuanto a la deuda con la escuela de ingles, las cosas tampoco son tan graves como usted supone.
Para empezar el monto es demasiado bajo y llevarle a juicio es inviable, en segundo lugar, el supuesto pagare que usted a firmado tiene como soporte la prestación de servicios o la adquisición de un producto que espero tenga aún en su poder.
En este caso mi consejo es que se muestre inconforme ante la PROFECO de estos servicios y materiales, esto obligara al acreedor a presentarse en junta conciliatoria, donde ante autoridad, puede devolver dichos materiales y someterse solo al pago de la devaluación por uso y a alguna personalización que obviamente debe ser menor en mucho al monto que usted manifiesta deber.