Días pasados me estuvieron llegando varias cartas como la que a continuación presento, con fecha limite de pago 28/junio/2013 en caso de no ser asi, ese mismo se procedería al embargo. Hace un momento me acaba de llegar por mensajero la siguiente carta:
FINCOMUN, DOMICILIO PROPENSO A EMBARGO.
El embargo se podría ejecutar en el domicilio que dejo registrado como propiedad, no importando que usted no se encuentre en el mismo; con la autirizacion del juzgado y en compañía de un C. Actuario, se identificaran muebles que garanticen tres veces el monto del adeudo (autos, computadoras, electrónica, etc). y si el dueño desea recuperar los muebles, debe de liquidar SU ADEUDO TOTAL mas GASTOS DEL JUICIO.
Articulo 1394. La diligencia del embargo se iniciara con el requerimiento de pago al deudor, su representante o la persona con quien se entienda, de las indicadas en el articulo anterior, de no hacerse el pago, se requerirá al demandado, su representante o la persona con quien se entiende la diligencia, para que señale bienes suficientes para garantizar las presentaciones demandadas, apercibiendo de no hacerlo, el derecho para señalar bienes pasara al actor. A continuación se emplazara al demandado Articulo 1393. " Y si no guardara, se practicara la diligencia de embargo con los parientes, empleados o domésticos del interesado, o cualquier otra persona que viva en el domicilio señalado, siguiéndose en las reglas del Código Federal de Procedimientos Civiles, respecto de los embargos". No omitimos mencionarle que en caso de oponerse a dicha diligencia, la ley contempla como medidas de apremio, multas o inclusive el auxilio de la fuerza publica y la fractura de cerraduras si fuera necesario ello a discreción del juzgado.
Su cuenta presenta un saldo vencido, se le ha notificado anteriormente, se le ha visitado en su domicilio en varias ocasiones, se le ha llamado infinidad de veces y usted se ha negado a liquidar su adeudo pendiente de pago. Un EQUIPO DE ABOGADOS PODRÍA REALIZAR UN EMBARGO en este domicilio como consecuencia de una acción legal en caso de no tener respuesta de su parte. Deberá reportarnos su pago antes de la fecha limite y listo, de inmediato cancelaremos cualquier diligencia que podria estar programada a realizarse.
Garantías:
Usted debe: $14.421.49
Liquida con descuento $11.582.54
Fecha máxima de pago 21/junio/2013
FINCOMUN considera que usted tuvo buen historial de crédito con ellos, por ello le ofrece un PAGO MÍNIMO PARA FRENAR LA DEMANDA : $14.421.49
(cabe mencionar que anteriormente esta misma carta llego pero con fecha máxima de pago el 28/junio/2013 día en el cual de hacer caso omiso a realizar pagos, se realizaría el embargo).
PIENSE EN EL BIENESTAR DE SU FAMILIA Y CUIDE SU HISTORIAL CREDITICIO. TIENE UNA ULTIMA OPORTUNIDAD DE LIQUIDAR CON ESTE PAGO DE INTENCIÓN, USTED TENDRÍA DERECHO DE ADQUIRIR UN NUEVO ESQUEMA DE PAGOS FIJOS. DISPOPNGALO DE INMEDIATO Y MODIFIQUE SU SITUACIÓN CREDITICIA ANTE EL BURO NACIONAL DE CRÉDITO.
NOTA en ventanilla FINCOMUN favor de solicitar que el pago sea pignorado y abonado a la cuenta de ahorro con clave 09, con la etiqueta "convenio para liquidar".
La duda aquí , es:
Realmente esto puede parecerse a algo que antecede a un embargo?Cortizo campillo y asociados pueden realizar dicha diligencia?. Que recomiendan?. Por el momento no cuento con el dinero para realizar los pagos mucho menos para liquidar lo que piden para frenar las supuestas demandas!. Por favor ayúdenme.