Si hay solvencia e intención de liquidar no existe fraude, aun cuando el presentar una credencial con un domicilio no actual podría interpretarse como una señal de mala fe, esto tendrían que probarlo y pues existiendo la intención de pago se extingue el motivo para actuar con aevosia al presentar tal identificación.
En pocas palabras el cobrador utiliza este argumento porque es el que tiene a la mano, ni más ni menos, ahora habra que separar, hasta un ladron atrapado infraganti conserva sus derechos , mas aun un deudor dispuesto a pagar, si este sujeto tiene algo legal en tu contra que lo desahogue en tribunales, el no es quien para molestarte en tu negocio, tu puedes defender tu negocio y solicitar el apoyo de la autoridad que para eso esta.
¿Puede haber demanada?
Pues sí puede haberla y sera un proceso largo e inicialmente conciliatorio en el que se te INVITARA a pagar y aun cuando hubiese sentencia no puede ser mayor a el cumplimiento de la deuda mas costes que pueden ser pagados con los bienes embargados tras el remate.
Pero estamos hablando de minimo un año y si aunado a esto tu puedes y quieres pagar pues...
Terminantemente no tienes problema alguno.