Primero, nadie salvo un juez te puede ordenar que vayas a determinada oficina, lo que ellos buscan es tenerte en sus dominios, donde pueden, con facilidad, envolverte en "su rollo" y hacer que firmes documentos bajo presión, documentos que van a agravar tu caso y les van a allanar el camino a ellos. No etas obligado a ir, cualquier ofrecimiento que tengan, te lo pueden hacer llegar por teléfono o correo, al cabo que ya saben donde encontrar a tus parientes.
Cuando te llegue un citatorio del juzgado, en donde te avisen de que te visitaran tal dia y a tal hora, ahi sí, esa orden la tienes que acatar, y esto sucederia sólo en el caso de que alguien del juzgado acudiera al domicilio ( a notificar de demanda y embargar, ellos no se andan por las ramas) y no encontrara a nadie. Embargo precautorio con auxilio de la fuerza pública...no, sino hay orden del juez, nadie entra a la casa (en este caso de tu papá). Simplemente estas en una etapa en la que el despacho quiere asustarte para lograr su objetivo: la comisión que el banco les dará si recuperan parte de la deuda.
¿que puedes hacer? En resumen, no vayas, son sólo amenazas.
Saludos