un juez dictaminó...interesante...Cuando hay deudas lo que procede, cuando se ha dejado de pagar es una demanda, esa la sigue el juzgado, y solo ellos podran embargar, no un despacho ( se llama como se llame), y el juzgado no te va a andar amenazando, simplemente lo hara. ¿te avisaron del juicio? o sea, siendo el acusado, ¿no te avisaron que habia un juicio en tu contra? Una pregunta más, sí tus cuentas van a estar congeladas, no se podra hacer ningún movimiento, entonces, ¿en que cabeza cabe que va a haber fondos para retirar? la cuenta ya estaria congelada ¿no?, entonces ya no sería posible ningún movimiento. ¡A que con estos cobradores! cada vez ponen mas tonterias en sus cartas...
A reserva de una mejor opinión de la gente del staff, diría que simplemente debes ignorar dicha carta.
Saludos