Sra. Consultante.
A su primer pregunta la respuesta es que si su bien esta debidamente constituido ante la ley cómo parte de su patrimonio familiar, ese bien no podrá ser embargado. Es importante decir que si su bien fue garantía para un préstamo, en ese caso ése buen no podría ser constituido legalmente cómo parte de su patrimonio familiar.
El juicio de amparo sencillamente no le serviría de nada ante una demanda mercantil y posterior embargo de bienes. Es un instrumento legal inútil pues ante esta acción precautoria.
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