Hola buenas tardes Soy nuevo me presento y les comento que navegando por internet encontre su portal, tengo un adeudo con Liverpool deje de pagar en noviembre del año pasado y el dia de hoy me llego una carta por correo electronico en una hoja de word con la siguiente informacion:
BUFETE JURÍDICO
MAGAR MANJARREZ Y ASOCIADOS, S. C.
AV. UNIVERSIDAD N° 716 DESP. 203 COL. LETRAN VALLE BENITO JUÁREZ C. P. 03650
MEXICO D. F. TELEFONOS: 53352107 AL 2111, 01 800 8374066 - 8373867
México D. F. A 04 de mayo de 2012
CLIENTE:
DOMICILIO:
COLONIA:
C. P.:
SALDO ACTUAL: $ 51,386.90 No DE CUENTA: XXXXXXXXXX
DISTRIBUIDORA LIVERPOOL S. A DE C. V.
LE INFORMAMOS QUE HEMOS OBSERVADO EN USTED LA NEGATIVA DE PAGO, TODA VEZ QUE HA HECHO CASO OMISO DE LOS REQUERIMIENTOS EFECTUADOS, ES POR ELLO QUE NOS VEMOS EN LA NECESIDAD DE DEMANDARLE POR LA VIA EJECUTIVA MERCANTIL. CABE MENCIONAR QUE EL INSTAURAR UN JUICIO EN SU CONTRA TRAERÁ COMO CONSECUENCIA QUE TENGAMOS QUE REALIZAR EL MANDAMIENTO, COMO LO ES EXIGIR LA PAGA LLANA DEL ADEUDO EN LA PRACTICA DE LA DILIGENCIA DE EMBARGO, Y EN CASO DE QUE NO SE REALICE EL PAGO DE LA DEUDA SE LE EMBARGUE BIENES SUFICIENTES PARA GARANTIZAR EL SALDO, DICHO ESTO ES CON FUNDAMENTO EN LOS SIGUIENTES ARTICULOS
EL JUICIO SE RIGE POR LOS ARTICULOS 1393 Y 1394, Y ADEMAS RELATIVOS AL CODIGO DE COMERCIO MISMOS QUE A LA LETRA DICEN:
ART. 1393 NO ENCONTRÁNDOSE EL DEUDOR A LA PRIMERA BUSCA SE LE DEJARA CITATORIO PARA QUE AGUARDE DILIGENCIA DE EMBARGO, CON CUALQUIER PERSONA QUE SE ENCUENTRE EN DOMICILIO O CON EL VECINO INMEDIATO.
ART. 1394 LA DILIGECIA DE EMBARGO NO PODRA SER SUSPENDIDA POR NINGUN MOTIVO, SINO QUE SE LLEVARA A CABO HASTA SU TOTAL CONCLUSIÓN.
DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVILES.
ART. 73 LOS JUECES PARA HACER VALER SUS DETERMINACIONES EMPLEARAN CUALQUIERA DE LAS MEDIDAS DE APREMIO QUE JUZGUE PERTINENTES:
A) LA MULTA.
B) AUXILIO DE LA FUERZA PÚBLICA Y FRACTURA DE CERRADURAS.
C) EL ARRESTO HASTA POR 36 HRS.
COMO USTED PUEDE VER NUESTRA REPRESENTADA LE ASISTE EL DERECHO, ES POR ELLO QUE SOLO TIENE UN PLAZO NO MAYOR A 24 HRS. PARA PRESENTARSE Y LIQUIDAR EL SALDO.
ATENTAMENTE
LIC. EDUARDO SALGADO MOLINA
Yo tengo entendido que el juicio mercantil debe venir firmado por un juez para que sea valido el embargo a toda vez que me dejaron recado el dia de ayer en mi casa por telefono de que se me esta otorgando un descuento por parte de Liverpool.
Yo estoy ahorrando dinero para juntar y pagarles ya que todo lo que pagaba durante casi un año se fué a intereses y mi deuda no disminuia.
mi duda en concreto es la de que tanto debo temer de esta carta respecto a un embargo, el cual de hecho no tengo ningun bien ya que vivo en casa de mis padres y por lo mismo se que a ellos no les peuden embargar por deudas que no son de ellos.
Saludos y de ante mano Gracias