Hola amigos del foro
Estoy por hacer un convenio con un despacho para liquidar una tarjeta de Bancomer, ya me enviaron el Convenio, solicito de su ayuda para que me orientaran y saber si esta Carta Convenio esta correctamente elaborada y no corro el riesgo de que más adelante me vuelvan a reclamar el pago.
Aunque tengo una duda, en el Buró de Credito aparece que mi deuda la tiene Enroque Empresarial Express, pero me contacta un despacho "Despacho Legal Demanda y Embargo S.C." que según ellos estan encargados de cobrar mi deuda, queriendo corroborar si efectivamante Enroque se lo encarga al otro Despacho, me puse a localizar a Enroque, primero en hable a Bancomer para preguntar y me dicen que efectivamente se la vendieron a Enroque y me dan unos teléfonos que al marcar, no funcionaban, despues de buscar por muchos lados, aquí en su foro pude localizar los teléfonos de Enroque, marque y no contestan como Enroque, contestan como "Despacho Judicial ect.. ect., buenos días....., ya me quedo la duda si existe Enroque o ya no, me dan ganas de ir a la dirección que encontre en la calle de Amsterdam para verificarlo.
Por otro lado, regresando a la carta convenio, aunque mencionan a Enroque, es en papeleria del otro Despacho, ¿no debería ser en papelería de Enroque Empresarial?,
Por su orientación, gracias.
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CONVENIO DE PAGO.
Conste por el presente documento, las condiciones generales y reconocimiento de adeudo y ofrecimiento de pago, que celebran p or una parte ENROQUE EMPRESARIAL EXPRESS S.A. DE C.V. nombrando como ENDOSATARIOS EN PROCURACIÓN a “DESPACHO LEGAL DEMANDA Y EMBARGO S.C.” con domicilio en Av. insurgentes sur No. 753, Col. Nápoles CP. 03810 Delegación Benito Juárez México; DF. Como acreedor y por la otra Sr. _____X____ como la parte deudora; con domicilio en CALLE ________X_______ Como deudor al tenor de las siguientes clausulas.
CLAUSULAS PRIMERA:
El deudor reconoce deber a ENROQUE EMPRESARIAL EXPRESS S.A DE C.V., la cantidad de $ 153,135.90 (CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL
CIENTO TREINTA Y CINCO PESOS 90/100 M.N) cantidad derivada de la firma del PAGARÉ correspondiente al crédito No
4555________ TDC BANCARIA emitido por GRUPO FINANCIERO BANCOMER.
SEGUNDA:
El deudor ofrece liquidar el adeudo correspondiente con la cantidad de $ 7,700.00 (SIETE MIL SETECIENTOS PESOS 00/100 M.N), de la siguiente forma:
1. $ 7,700.00 (SIETE MIL SETECIENTOS PESOS 00/100 M.N), PARA EL DIA 28 DE FEBRERO DE 2012. TERCERA:
Los pagos deberán realizarse según la escritura pública de cesión de derechos del NOTARIO PÚBLICO 121 DEL DISTRITO FEDERAL EL LIC. ARMANDO MASTACHI AGUARIO a la cuenta concentradora de ENROQUE EMPRESARIAL EXPRESS S.A. DE C.V. cuyos datos bancarios son los siguientes:
Banco BANAMEX.
Referencia individual TB455500640718924806
Cuenta 7737889
Sucursal 209.
Referencia general DL4578 (solo en caso que no le acepten la referencia individual).
Con lo anterior su crédito No 4555________ TDC BANCARIA emitido por GRUPO FINANCIERO BANCOMER quedara totalmente finiquitado y en un plazo máximo de 10 días hábiles se le liberará su carta finiquito en nuestras instalaciones o por vía fax o correo electrónico a la dirección o teléfono que usted nos indique.
CUARTA:
El deudor se ve obligado a reportar al acreedor el pago realizado por medio de vía fax al teléfono (0155) 19980600, o vía correo electrónico a la siguiente dirección
lic.montoya.directordeoperaciones@demandayembargo.com.
QUINTA:
Una vez que el deudor realice el pago total correspondiente a la cantidad especificada en la segunda clausula, ENROQUE EMPRESARIAL EXPRESS S.A. DE C.V. se compromete a entregar la carta finiquito correspondiente a la liquidación de los créditos antes mencionados.
SEXTA:
Se realizara actualización de la información crediticia ente Buro Nacional de Crédito, en el registro correspondiente a ENROQUE EMPRESARIAL EXPRESS S.A. DE C.V. con la clave MOP01.
SÉPTIMA:
Una vez que ENROQUE EMPRESARIAL EXPRESS S.A. DE C.V. Se dé por informado sobre el pago total del presente convenio, girara instrucción a esta Área Jurídica encargada del proceso legal que actualmente se lleva a cabo en contra del Sr.C. _______X_______ para que se realicen los trámites necesarios para el desistimiento del proceso.
OCTAVA:
Ante el incumplimiento del pago para la liquidación del crédito ofrecido por parte del deudor, se entenderá rescindido el presente convenio dejando a salvo los derechos de ENROQUE EMPRESARIAL EXPRESS S.A. DE C.V. a reclamar el total del adeudo, presencialmente ante juzgado.
Enterada las partes del contenido y al calce legal, del presente convenio, conforme con el mismo se firman en la Ciudad De México, Distrito Federal, a 23 de febrero de 2012.
ATENTAMENTE
LIC. ANGEL A. MONTOYA PADILLA DIRECTOR DE OPERACIONES (Viene firmado)