Hola MAGNO. Bienvenido!
Respondo a tus dudas:
1.- Por el monto veo muchas posibilidades de ser legalmente demandado. No dispongo de bienes entonces me gustaría saber ¿que debo de esperar?
R= Al no tener bienes inmuebles, el que seas demandado no le resultaría muy benéfico que digamos al acreedor, pero, no hay que confundirnos, esto NO es condicionante para que NO seas demandado; es decir, que aun así tendrías que invertir en un abogado para que llevara este caso, pero eso si, nada tienes, nada te podrán quitar.
2.- ¿Cuanto tiempo se queda la cuanta en el despacho?
Igualmente depende de muchos factores y es imposible determinar cuanto tiempo te quedarías en X o Y despacho. De igual modo es imposible el saber exactamente cuando regresarias al banco.
3.- ¿pasará a otro despacho o se la regresarán al banco para que sean ellos los que me demanden?
Esto debe quedar muy claro, los despachos de cobranza NO pueden demandarte. El UNICO facultado legalmente es tu acreedor original a través de su área de cobranza jurídica.
Así y solo así te podrian demandar.
¿Deseas una asesoría más personalizada sobre tu caso? llámanos:
5544400690 o envíanos un
WhatsAppLa CONDUSEF te dice todo lo que debes saber acerca de la reforma financiera y sus verdaderos alcances hacia el deudor: Clic aquí