Hola Yaztita:
Ningún banco o despacho puede parcticar la llamada EJECUCION DE LA DILIGENCIA DE CERTIFICACION PATRIMONIAL. Eso es ilegal. Primero debiste haber sido demandada, debió haber transcurrido un juicio y sólo entonces si el juez determina que se te embague así sucederá. NO permitas que te intimiden.
ESE TIPO DE DILIGENCIAS NORMALMENTE APLICAN PARA CRÉDITOS FISCALES, MERCANCÍAS ADUANALES, ETC. NO ES EL CASO PARA EL DEUDOR DE TARJETA DE CRÉDITO.
¡¡Páralos en seco!! y envíales por fax o por correo electrónico el siguiente escrito:
FECHA:xx/xx/xx
NOMBRE DEL DESPACHO
AQUIÉN CORRESPONDA
PRESENTE:
EN CONTESTACIÓN A SUS OBSERVACIONES Y ANTESALA A SUS POSIBLES DILIGENCIAS TENGO A BIEN HECER DE SU CONOCIMIENTO LO SIGUIENTE:
* LEGALMENTE SU DESPACHO NO PUEDE LLEVAR A CABO UNA DILIGENCIA DE EMBARGO O INSPECCIÓN PATRIMONIAL SI NO ANTECEDE UNA DEMANDA Y ORDEN DEL UN JUEZ, SIN EMBARGO LE REITERO LO SIGUIENTE:
•SU DESPACHO DEBERÁ PRESENTARSE CON UNA ORDEN DEL JUZGADO EMITIDA POR EL JUEZ DEBIDAMENTE ACREDITADO Y AUTORIZADO.
•SU DESPACHO Y/O EQUIPO ESPECIALIZADO DEBERÁ PRESENTAR LAS IDENTIFICACIONES OFICIALES CORRESPONDIENTES ASÍ COMO EL ACTUARO DESIGNADO POR EL JUZGADO.
DE NO CUMPLIR CON DICHOS REQUERIMIENTOS SE LE IMPEDIRÁ LLEVAR A CABO LA DILIGENCIA O VISITA, YA SEA EN MI DOMICILIO O CENTRO DE TRABAJO Y SERÁ DEMANDADO POR LA VIOLACIÓN A MIS GARANTÍAS INDIVIDIUUALES SEGÚN LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 CONSTITUCIONALES; POR EL DELITO DE EXTORSIÓN EN GRADO DE TENTATIVA PRESENTANDO COMO EVIDENCIA LOS COMUNICADOS DE LOS ESCRITOS QUE ME HA ENVIADO Y LOS TESTIGOS QUE CORRESPONDAN, Y POR PRESUNTA VIOLACIÓN AL ARTÍCULO 250 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL SI LLEGASE A IDENTIFICARSE CUALQUIERA DE LOS ACTORES CON DOCUMENTACIÓN FALSA, RECURRIENDO EN EL ACTO A LA FUERZA PÚBLICA PARA QUE SE HAGAN LAS ACLARACIONES Y DENUNCIAS QUE CORRESPONDAN EN EL MINISTERIO PÚBLICO MÁS CERCANO. POR ÚLTIMO PROCEDERÉ A HACER LA DENUNCIA CORRESPONDIENTE EN LA CONDUSEF POR LA VIOLACIONES COMETIDAS POR SU DESPACHO A LOS REGLAMENTOS 1, 3, 4 Y 8 DEL REGLAMENTO DE LA APCOB. LES MENIFIESTO TAMBIÉN, QUE SI EL ACOSO EN MI DOMICILIO O CENTRO DE TRABAJO CONTINÚA TELEFÓNICAMENTE O DE MANERA FÍSICA, DE IGUAL MANERA PROCEDERÉ A LA BREVEDAD A HACER LA DENUNCIA ANTES MENCIONADA ANTE EL MINISTERIO PÚBLICO.
SIN MÁS, QUEDO DE USTEDES.