Hola.
Si, el acreedor por ley les debe notificar de esta acción.
La deuda NO queda cancelada pues el acreedor No renuncia a su derecho a exigir el pago de la misma AUN ciando esta haya sido deducida.
Nosotros aquí en Defensa Del Deudor, tenemos un sistema que protege al deudor en estos casos y así evitar que se les quiera cobrar esta deuda ya deducida.
El documento que deberan tener y conservar es la notificación hecha por el acreedor al respecto.
Repito, si son AFILIADOS a DDD, NO les podran cobrar en el futuro estas deudas deducidas.
Un saludo.
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