Qué tal buen día, revisando mis correos me llego este de un despacho de cobranza extrajudicial, pedí un préstamo de 3800 que subió a 5500 y me quieren cobrar el triple
EXPCREDITDIR:
En vista de las múltiples gestiones realizadas por parte del área conciliatoria para invitarle a pagar su saldo con la financiera, mismas de las cuales usted hizo caso omiso. Esta ÁREA tiene programada la diligencia domiciliaria para determinar en su DOMICILIO LABORAL Y FISCAL para presentarse a juzgados. Dicha visita es con la presencia de Seguridad Pública y dos vecinos como testigo, con ello evitar así agresiones físicas o verbales.
Pongo de su conocimiento que a la confirmación de lectura de este mensaje se estará tomando evidencia si existe dolo, evasión o algún otro acto de mala fe.
Evite de igual forma justificar su atraso a consecuencia del tema sobre el COVID-19, DESEMPLEO, CASOS FORTUITOS, MAYORES, ya que por ley no hay nada que ampare su situación ni mucho menos se pueda justificar su atraso.
EL PRESENTE DOCUMENTO SERA TOMADO EN CUENTA COMO ANTECEDENTE DE QUE EN DIVERSAS OCASIONES SE LE HA NOTIFICADO POR DIVERSOS MEDIOS SU SITUACIÓN DE ADEUDO CON LA FINANCIERA, DÁNDOLE DESCUENTOS Y PLANES DE PAGOS, MISMO DE LOS CUALES A TODOS HIZO CASO OMISO.
Cobro total por proceso $16,212.00
El deudor es aquella persona natural o jurídica que tiene la obligación de satisfacer una cuenta por pagar contraída a la parte acreedora o prestamista, ello cuando el origen de la deuda es de carácter voluntario, es decir, que el deudor decidió libremente comprometerse al pago de dicha obligación. Dada esta situación, en la que el deudor no efectúe los pagos a su acreedor, este podrá ejercer acciones legales contra el deudor para intentar recuperar la deuda correspondiente.
En atención a la situación penal, se le hace de su conocimiento que en caso de que usted haya incurrido en las siguientes conductas serán sancionadas:
1. Cambio de domicilio sin previo aviso.
2. Simular actos que intenten manifestar cambio de domicilio.
3. Disponer para otro de los bienes otorgados como garantía del crédito.
4. Declararse insolvente sin previa declaración del juez competente.
5. Declarar o incurrir en hechos dolosos.
TELEFONO: 5543036769
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