Hola buen día, tengo una deuda con la finaciera dineria el préstamo fue de 4,000 pesos me estuvieron haciendo cobros domiciliados pero solo eran para darme más tiempo de pagar, el caso es que no les he podido pagar por qué los intereses ya subieron mucho y me llegó este mensaje, me pueden demandar? Y llevarse los bienes aunque no estén a mi nombre?? Les agradezco este fue el mensaje que llegó a mi correo
CITA EXTRAJUDICIAL DINERIA
SALDO TOTAL AL DIA 08/10/2018: $19,195.47
LIQUIDACION 08/10/2018: $8,000.00
Nos constituimos en este domicilio en representación de DINERIA, a efecto de practicar una posible “DILIGENCIA LEGAL DE PAGO” del saldo arriba mencionado, derivado del préstamo personal. Certificado en el domicilio fiscal del adeudo que deja bajo contrato, la existencia de bienes muebles (menaje y autos) e inmuebles que serán señalados en la posible futura diligencia.
Debido a su incumplimiento de pago, hemos iniciado formalmente las acciones de cobro correspondientes, en base a lo anterior, se practicará la posible diligencia sobre sus bienes, a fin de garantizar el pago de la deuda, más los intereses moratorios que se han generado 2.0% diario y se sigan generando hasta la conclusión de la Litis, además de incluir los gastos y costas judiciales y de cobranza sobre el sueldo insoluto. INFORMANDOLE ADEMAS QUE SE HAN GIRADO INSTRUCCIONES DEL REGISTRO NEGATIVO MAS ALTO EN EL BURO NACIONAL DE CREDITO para que sea señalado como CLIENTE MOROSO y evitar con esto que se otorgue algún tipo de crédito presente o futuro.
Art. 193 del CODIGO DE COMERCIO “No encontrándose el deudor a la primera búsqueda el inmueble señalado por el actor, pero cerciorándose de ser el domicilio de aquel, se le dejara citatorio fijándose hora hábil, dentro de un plazo comprendido entre las seis y setenta y dos horas posteriores, y si no acuda, se practicara la diligencia de embargo con los parientes, empleados o domésticos del interesado o cualquier otra persona que viva en el domicilio señalado o vecinos, siguiendo las reglas del Código Federal de Procedimientos Civiles, respecto a los embargos”.
Apercibiendo que aun cuando no estén a su nombre los bienes señalados, la carga de la prueba estará a su cargo, POSTERIOR AL MISMO. No tenga duda de que se agotaran todos los recursos legales para recuperar totalmente EL CONTRATO QUE FIRMO. Cabe señalar este documento cuenta con una copia la cual se integró al expediente su negativa de negociar y resolver su problema sin acudir a las instancias legales. Evite un problema del que ya tiene y un gasto adicional al requerir los servicios de un abogado, así como por incrementos por intereses sobre el monto insoluto.
Solo se suspenderá con el FINIQUITO INMEDIATO DEL ADEUDO O COMUNICANDOSE a los teléfonos 5570954166 o 5588487500
ATENTAMENTE
DEPARTAMENTO LEGAL DINERIA