Buen dia, el dia de hoy recibí este correo por parte de la empresa moneyman mencionando que mi adeudo ha sido por fraude y se presentaran al domicilio ya que es la última oportunidad que tengo para negociar, quisiera saber si es cierto o son amenazas ya que me encuentro recaudando el total del adeudo para pagarles a causa de que me quede sin empleo y de nuevo estoy laborando.
DETENCIÓN CONFIRMADA POR FRAUDE
CDMX, JULIO 2019.
CAJIGA Y ASOCIADOS S.C.
VS
HECTOR HUGO ARREDONDO ESCOBEDO ID: 1150454
Debido a su ROTUNDA NEGATIVA DE PAGO, en el cumplimiento de su crédito solicitado, es usted notificado por medios electrónicos como lo marca el CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, ARTÍCULO 111, FRACCIÓN VII y sus derivados, del respectivo ARRAIGO DOMICILIARIO POR FRAUDE, por ADEUDO con MONEYMAN.
El presente ARRAIGO, se llevará a cabo en el domicilio de contrato ubicado en: calle: MZ G 33 A colonia: SAN RAFAEL COACALCO ciudad: COACALCO DE BERRIOZABAL estado: MEX c.p: 55719 , por la cantidad neta con la suma de los intereses devengados en su contrato a partir de su última fecha de pago más los gastos de cobranza que se realicen en el tiempo que el procedimiento lleve su curso, hasta la sentencia definitiva.
Como se da a conocer, en la siguiente tabla, se muestra el SALDO TOTAL, el cual será ejercicio de la acción de cobro fiscal debido a su NEGATIVA DE PAGO.
SALDO TOTAL
$32,246.00
El despacho Cajiga y Asociados en calidad de representante legal de MONEYMAN. Ha realizado el ejercicio de cobro mediante convenio, y en respuesta a la omisión que por parte del demandado C. HECTOR HUGO ARREDONDO ESCOBEDO se ejercita la acción extrajudicial en el domicilio fiscal estipulado en el contrato, si el mismo no es propietario de dicho inmueble se procede conforme lo marca el CÓDIGO DE COMERCIO ARTÍCULO 1393.
La diligencia se llevará a cabo mediante el requerimiento de pago inmediato al demandado, su representante o la persona con la que se entienda como lo marca el CÓDIGO DE COMERCIO ARTÍCULO 1394.
La acción posterior al emplazamiento se sujetará a los bienes muebles susceptibles de la acción fiscal de cobro como lo marca en su ARTÍCULO 1395 DEL CÓDIGO DE COMERCIO; mercancías, créditos de fácil y pronto cobro, a satisfacción del actor, muebles del demandado, etc.
ESTE ES UN ULTIMATUM, EVITE ACCIÓN JURÍDICA EN SU COMICILIO, LIQUIDE DE LA SIGUIENTE MANERA:
PAGO 1
FECHA 1
PAGO 2
FECHA 2
LIQUIDACIÓN TOTAL
$6,787.00
30/07/2019
$6,787.00
15/08/2019
$13,574.00
FORMAS DE PAGO BBVA:
OPCIÓN 1: En ventanilla BANCOMER a la cuenta 0110824976 Convenio CIE 1441108 más su número de referencia: 11504540011145920 a nombre de IDF CAPITAL.
OPCIÓN 2: Practicaja BANCOMER, al Convenio CIE 1441108 más número referencia: 11504540011145920 y el monto a pagar, a nombre de IDF CAPITAL.
OPCIÓN 3: Tiendas OXXO, IMPORTANTE: marcar a oficinas antes de aplicarlo para compartirle formato de pago, de lo contrario no será aceptado
Antes de aplicar pagos, forzosamente de comunicarse para aplicarle el descuento de liquidación a su cuenta y detención de proceso en domicilio.
Nuestros números son: 0155 6719 0806 y 0155 6723 9955. De lunes a viernes de 7:00 a 21:00 horas, sábados de 7:00 a 14:00, por mail:
abogadojuridico1@tevoyarobar.com por medio de WhatsApp: 5579814042-5525577456
Cajiga & Asociados Abogados
Por ningún motivo deposite en cuentas que no pertenezcan a MONEY MAN.
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