buenas tarde el dia de hoy me llego una notificacion de provident en la cual dice asi
recuperacion juridica mercantiles
la diligencia de embargo no se suspendera por ningun motivo
codigo 1394
presentada por el actor de su demanda, se provera mandamiento en forma, para que le demandado sea requerido de pago, y no haciendolo se le embargara bienes
es iminente
a las 8 de la noche del dia 15 de febrero del 2019 se va a ejecutar una accion de cobro y esta ya no se va a diferir mas
dise que la deuda es de 17,000 pero que se pague 9,000
que se puedes hacer en este caso ya que lei el articulo 17 pero no se si se proceda ya que no dice algun juez nomas dice el nombre de un licenciado
la verdad tengo angustia