Hola Julietta,
Básicamente, el acreedor podría cobrarle a cualquier persona del grupo el saldo pendiente total, ya que en efecto, quedan como avales unos de otros y el acreedor tiene el derecho de elegir a quien le cobra, dependiendo de las posibilidades que vea en cada integrante del grupo.
Podría derivar en un juicio y embargo de bienes, además de una afectación desde ya, en el buró de crédito.
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