Hola estimados amigos de defensa del deudor ¿como les va? perdonen dado a que soy un deudor tratando de salir de sus problemas y perturbaciones que esta situacion causa, me gustaría preguntar¿exactamente que bienes son embargables? noto que en la info de la pagina dicen por ejemplo: muebles de uso cotidiano, pero no logro entenderlo en su perfección, por empleo televisiones, videojuegos, dvd se que lo son, comedor, refri, estufa, cama se que no lo son, pero por ejemplo roperos, sala (o sillones), yo los considero de uso común pero no se si para la ley lo sean, alguien me puede ayudar a comprender mejor esto? Saludos amigos y muchas gracias a defensa del deudor, la verdad es que con la información que brindan ayudan a dar tranquilidad, ya que muchas veces no conocemos nuestros derechos y pensar que los pueden violar de verdad es estresante y desgastante, saludos.