Primero debes de saber que un acreedor no puede acudir directamente con el deudor para exigirle el pago. No, ellos deben demandar ante el juzgado, y éste se encargaría del embargo/cobro.
Ahora, ¿tu contrataste por 4500 y ahora te dicen que debes 40000? en una demanda, los interese moratorios no entran se te pide que pagues lo que debías al suspender pagos, es decir, 4500.
Saludos