Buenas tardes.
¿Que es lo que desea hacer?
En defensa del deudor no fomentamos la cultura del no pago.
Si usted adquirió este compromiso y puede cumplirlo, nuestra recomendación es que lo haga.
Si por otro lado por cuestiones de insolvencia comprobable, no puede cumplir con el pago, espere la demanda y ante el juez compruebe la insolvencia, si esta existe, el fallo le será favorable.