Segun un cobrador me informa que el banco te puede demandar directamente con el juez mercantil brincandose al juez civil, esto es porque la aprobacion reciente donde el banco puede embargarte, arraigarte y encarcelarte si no le pagas desde 3 meses de atrazo y dice que no tienen por que notificarte ya que esta nueva ley les permite ir hasta con la fuerza publica y llevarte las cosas del domicilio que registraste sean tuyas o no como manera de presion para que pagues violando con esto los art. 14,16 y 17. sera posible esto? de ser asi de todas formas yo los puedo demandar a ellos por allanamiento de morada y uso de la violencia pero me dicen que al banco no le ganas. pero en este caso si el deudor esta haciendo su ahorro para liquidar.