Creo que estas percibiendo las cosas al revés, o ellos la interpretan mal. No es lo que ellos digan o nada. El "nada" es con lo que se pueden quedar si no se prestan a negociar, así de fácil. Supongamos que te embargan, y que lo embargado no cubre la deuda...¿ahora qué? ¿Quién perdió en realidad? ¿ellos que cobraron menos -por mucho- de lo debido, o tu que acabas pagando menos y con el resto de la deuda en "stand by"?
Ahora, viendo lo que preguntas:
¿que pueden hacerte? Nada, demandarte sí es que les conviene demandar por la cantidad que adeudas. Checa el siguiente link:
http://www.defensadeldeudor.info/perfil-de-acreedoresSí el riesgo de demanda por menos de 19000 es bajo, imaginate por 6000 pesos.
¿qué si pueden embargar a tus papás? Bueno, si y no. Sí se animaran a demandar por esa cantidad, podrían, pero supongamos que tus papás son bien organizados y tienen facturas de todo lo que hay en casa. ¿sabes que pasaría? ABSOLUTAMENTE NADA. ahora sí no hay documentos...pues si pueden, pero repito, sólo habiendo demanda, y el embargo lo hace el juzgado, nunca el acreedor y mucho menos su representante -Despacho de cobranza-.
¿qué si te pueden meter a la cárcel? eso es anticonstitucional, no pueden bajo ninguna circunstancia, olvídate de eso.
Luego, a tus últimas preguntas
1.- Los embargos no se avisan, nunca, así es que no es más que una forma de presión.
2.- Acerca de la negociación.¿cuándo te comienzan a ofrecer que pagues con quita? el plazo mínimo son 3 meses, pero puede pasar mucho más antes de que ofrezcan quitas.
Como puedes ver, al parecer no hay mucho de que preocuparse, tan sólo que el problema es nuevo para ti. Eso sí, en el momento en que tu situación económica se recupere, habrá que pagarles lo que les debias al momento de suspender pagos, o incluso, un 30% de ese total, con eso puedes comenzar una negociación.
Espero haber sido de ayuda, si hay más preguntas, adelante.
Saludos