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 deuda hipotecaria

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metemo
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MensajeTema: deuda hipotecaria   deuda hipotecaria Icon_minitimeJue Jun 13, 2013 5:22 pm

06.13.2013 buenas tardes mire miproblema es que por causa de extorsion deje de pagar mi deuda hipotecaria con el banco, apenas hace unos meses se arreglo el problema de extorsion que fue muy dificil para mi y mi familia, quiero ponerme al corriente en mi deuda pero el banco ya no quiere eso, ahora me pide el total de mi deuda y no se que hacer pues yo no puedo pedir prestamo ni que otro banco traspase la deuda o reestructurar pues estoy en buro. agradeceria saver que podria hacer pues esto para mi es muy estresante y la verdad no se que hacer, agradeceria su respuesta gracias.
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Asesor Villa Coapa
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MensajeTema: Re: deuda hipotecaria   deuda hipotecaria Icon_minitimeJue Jun 13, 2013 7:29 pm

Para conocer al detalle y poder asesorar con seriedad cualquier crédito hipotecario es indispensable conocer a fondo el contrato en el que se basa el mismo.
 
 
Resolver de golpe sus dudas sobre montos y duración es un tanto irresponsable e irreal.
 
Sin embargo existen puntos en común que comparten los créditos de este tipo en la república mexicana.
 
1.- Estos créditos están sujetos a la garantía que el bien inmueble representa y por lo tanto la ejecución de dicha garantía ante incumplimiento esta pactada de antemano en la firma de estos contratos.
 
2.- La adjudicación y posterior remate del bien inmueble se efectúa únicamente tras mandato judicial previo proceso y fallo del juez.
 
3.- El crédito pactado se cancela normalmente al tercer incumplimiento y el acreedor reserva el derecho de exigir el monto total adeudado en único pago.
 
Sin embargo en la práctica es común, aunque no seguro que ambas partes puedan pactar una reestructura del remanente o una liquidación mediante quita en convenio judicial o extrajudicial.
 
En el caso de la reestructura es lógico suponer que el acreedor  permitirá una reducción del monto mensual a abonar, a cambio de una mayor tasa de interés, plazos más extendidos o cualquier otro tipo de compensación por el incumplimiento.
 
Hay que tener cuidado pues es también práctica normal, mas no forzosa, que el acreedor no acepte una nueva reestructura en caso de incumplirse nuevamente, así que se debe ser realista y precavido antes de firmar compromiso en esta nueva oferta.
 

En el panorama de  la quita la única posibilidad real de aprovecharla, si es que  se presenta, es contar con el monto total solicitado en tiempo y forma, debe considerarse que lo normal es obtener un descuento inferior al 50% de lo adeudado y estos casos, por lo general, solo se presentan en aquellas situaciones donde el bien inmueble no tenga una apreciación constante o con vistas a futuro y que el acreedor considere conveniente recuperar el efectivo más que adjudicar la garantía.
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