Hola Buenas noches.
Son las 4:20 am y realmente no puedo dormir, hoy decibi un email del despacho juridico osorio y asociados en el que mencionan lo siguiente:
[ULTIMO REQUERIMIENTO PREVIO A EJECUCION JUDICIAL
DEMANDADO(a) :XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX
CUENTA:10XXXXXX
SALDO: $8924.36
EVITE PROCESO Y PAGUE :$2230.42
P R E S E N T E Usted ya ha sido requerido extrajudicialmente en ocasiones previas por el adeudo que tiene con nuestra representada RADIOMOVIL DIPSA, S. A. de C. V. (TELCEL), ante su falta de pago y su nula responsabilidad para cumplir su compromiso, nos vemos en la necesidad de requerir el adeudo vencido por otra vía, por lo que utilizaremos todos los recursos legales disponibles (PAGARE) para ello, así mismo le informamos lo siguiente:El C. Juez Civil dictará el auto de ejecución (EMBARGO), el cual se practicará en su domicilio o fuente de empleo (a elección de la parte demandante). Nuestra firma, usará los medios legales necesarios, para lo cual le informamos lo que disponen los artículos 1393 y 1394 del código de comercio Art. 1393 - De no encontrarse el deudor en la primera búsqueda se dejará el citatorio fijando el día y la hora para que aguarde, por el solo hecho de que el deudor no aguarde el emplazamiento se procederá a practicar la diligencia de embargo con cualquier persona que se encuentre en el domicilio o con el vecino mas inmediato. Art. 1394 - El ordenamiento citado indica que la diligencia de embargo no se suspenderá por ningún motivo, si no que seguirá adelante hasta su conclusión por lo que de no hacerse el pago, se señalaran bienes suficientes para garantizar las prestaciones reclamadas, apercibiéndolo que de no hacerlo, el derecho para señalar bienes pasará al actor. Por lo tanto, en el ejercicio de la ley es práctica legal el embargo hasta por tres tantos para garantizar el importe del pagare más accesorios legales, en caso de oponerse a la diligencia de embargo, la ley contempla como medidas de apremio: · Multa · Arresto · Rompimiento de cerraduras y uso de la fuerza publica Para poder ahorrarse el cobro de honorarios y la pena moral de verse presionado por un Proceso Judicial es importante que se comunique a nuestras oficinas para detener las acciones de cobranza. Nota: El termino concedido para solucionar su adeudo es inaplazable y vencerá en las proximas 48hras, dando paso al trámite de ley.
A T E N T A M E N T E Lic. Veronica NavaDespacho juridico Osorio y Asociados.tels. 6646810359LD. 01-800-7883478 ]
Perdi mi trabajo y claramente no puedo pagar el monto total e vendido cosas las cuales me han dado la oportunidad de dar pequenos pagos, mi factura electronica muestra cantidades muy diferentes y mas accesibles. La llegada de este email pues me es sorpresiva. Siempre e negociado en las oficinas de atencion a clientes y nunca e atendido las llamadas de ese despcho juridico, una vez mi mama contesto y no la trataron muy bien.
El acoso es constante y mis contactos (no referencias) han sido acosados de igual manera, no me parece justo que esten divulgando mi deuda con terceras personas y claro, no me parece justo que a ellos los esten molestando por mis problemas economicos.
Tengo pensado ignorar las llamadas de ese despacho y dar pagos hasta liquidar mi adeudo con telcel pero directamente en los centros de atencion a clientes. Es buena idea???