Hola delia lopez rodriguez
La incapacidad es por accidente de trabajo o fuera de él.
Si es accidente de trabajo tienes todo el derecho de recibir tu sueldo y prestaciones dentro del pago de las incapacidades.
Si la incapacidad es fuera del trabajo, recibes por parte del Seguro Social un porcentaje del 60 + -, tendrás que esperar a que te den de "Alta" para continuar con tu trabajo, sueldo y prestaciones. En ocasiones las empresas se aprovechan y dan sus dádivas al trabajador y lógico con tal de que renuncien si hay contrato, tenemos necesidades entonces nos interesa recibir lo que den.
Ahora para que te liquiden, debes estar activo, pues incapacitada no te pueden liquidar es en contra de la ley.
Debes ser más explícita para que recibas la asesoria adecuada al caso.
Saludos