drako0102 Medio
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| Tema: Re: Cuanto es lo justo para pagar? Mar Mayo 05, 2009 1:36 pm | |
| El pagare es de 5000 pesos , cuanto me pediria el juez en caso de llevar un juicio?
Mas de 15000? como me lo dice el lic? | |
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Invitado Invitado
| Tema: Re: Cuanto es lo justo para pagar? Mar Mayo 05, 2009 1:41 pm | |
| dj - Citación :
- si tu no te Niegas a Pagar ANTE el JUEZ, se determinara un arreglo JUSTO, y que es lo JUSTO !!! pues que solo pagues la Deuda Original, asi de Simple, lo importante en este caso escontar con la DEFENSA de un BUEN ABOGADO que no permita que pagues mas que lo JUSTO !!!!.
y sera en base al capital y procura ser bien representado(a) para que no te hagan de chivo los tamales |
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drako0102 Medio
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Mensajes : 19
| Tema: Re: Cuanto es lo justo para pagar? Mar Mayo 05, 2009 2:00 pm | |
| Gracias
Una pregunta mas si me llegara ademandar y me toca presentarme aunte un juez, me podria poner nerviosa y arruinar la situacion? o es por escrito? el abogado entra conmigo? | |
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Invitado Invitado
| Tema: Re: Cuanto es lo justo para pagar? Mar Mayo 05, 2009 2:06 pm | |
| - Citación :
- De conformidad con el artículo 36 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, un juzgado civil es el lugar en donde un juez resuelve entre otras, las reclamaciones que se presentan por escrito acerca de problemas sobre propiedades, rentas, compraventas, contratos, asuntos mercantiles (letras de cambio, cheques, pagarés y otros). Para iniciar un juicio civil se debe acudir a un abogado a quien se le deben presentar todas las pruebas y documentos que se tengan para apoyar lo que se reclama, el procedimiento es muy sencillo, él será el encargado de iniciar el juicio con un escrito denominado demanda. Este escrito deberá señalar el juzgado al que se dirige; nombre y apellido de las partes, es decir del que demanda y a quien se demanda; domicilio en donde se les puede localizar a ambos, objeto que se reclama o el valor de lo demandado, deben también narrarse claramente los hechos en que basa su petición; asimismo, los documentos, pruebas en que apoya su reclamación de conformidad a lo previsto en el artículo 254 del Código de Procedimientos Civiles. El demandado debe ser citado a juicio y hacérsele de su conocimiento a través del Actuario -quien es el único facultado de conformidad a los artículos 45 fracción III y 46 de la Ley Orgánica del Poder Judicial-, de la demanda que se presentó en su contra, pudiéndole exigir el demandado que se identifique plenamente; quien deberá contestarla en el tiempo que se le informe en ese momento, de no hacerlo provocaría grave perjuicio en su contra ya que el juicio se seguiría en rebeldía, renunciando él mismo a su derecho de defensa, por lo que inmediatamente después de tener conocimiento de la demanda debe contratar un licenciado en derecho para que le haga valer sus defensas y excepciones que acrediten su verdad jurídica. El demandado al contestar la demanda puede reconvenir. La reconvención es la reclamación o contrademanda que hace el demandado contra el actor (demandante) al contestar la demanda, y debe contener los mismos requisitos de ésta (artículos 259 y 254 del Código de Procedimientos Civiles).
en pocas palabras es tu abogado quien constetara la demanda |
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Invitado Invitado
| Tema: Re: Cuanto es lo justo para pagar? Mar Mayo 05, 2009 3:34 pm | |
| mira creo que antes que nada debes hacer tu propuesta con lo que tu tengas y ver si lo acepta, si no lo acepta entonces el sera quien haga la demanda y como tu no te niegas a pagar solo que no tienes lo que el te pide entonces el juez sera el que decida como y cuanto le pagaras, por el momento no te preocupes haz tu propuesta para saber a que atenerte, dices que esta persona ha demandado a muchos quiza por que no se han sabido defender, pero el valiente vive miestras el cobarde quiere, no tengas miedo una demanada no es lo peor de ahi tambien se puede salir bien librado.............te propongo que le hagas la propuesta al licenciado ese y nos avises cual fue su respuesta................si te la acepta que todo sea por escrito y que te entregue tu pagare..............si no es asi no le pagues nada |
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