Es la aceptación que va envuelta en todo contrato bilateral mediante una acción. La aceptación resolutoria tacita es un
elemento de la naturaleza del acto jurídico, esto es, se entiende incorporada al acto jurídico
sin necesidad de cláusulas especiales al realizar una acción (como por ejemplo, el deposito de cierta cantidad en una cuenta bancaria o el uso de la tarjeta de crédito).
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