¿Cómo salir de deudas? Evitar mala cobranza y embargo de bienes
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 ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)

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alohinali
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MensajeTema: Muchas Gracias!   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeMar Ene 22, 2013 8:12 pm

*HELPME® escribió:
Solo te quieren asustar para que corras a pagarles con su choro mariador.

Por deudas civiles no hay carcel.

Si quieres llamales y diles que no eres delincuente, y que sí les vas a pagar cuando te estabilices economicamente, ahorres para negociar la deuda.

NO te comprometas a darles abonito de buena fe. Y no firmes ya nada.

Muchas Gracias por tu respuesta y muy a tiempo pues ya me llamaron a mi casa y quieren que acuda a una cita para "parar" el proceso legal y quieren que firme un convenio; ya les dije que no puedo firmar ningun convenio mientras no me encuentre económicamente facultada para pagar, y que con eso no me estoy negando a hacerlo.

Has sido de mucha ayuda para mi de nuevo Gracias!

bye
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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeMiér Ene 30, 2013 3:19 pm

Buenas tardes, yo debo el credito de un coche la frase amenazadora del dspacho

"Si no paga mañana su adeudo a mas tardar esta semana, ubiaremos su auto, lo subiremos a una grua y nos lo llevaremos, esto por su adeudo"
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montana33
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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeDom Feb 10, 2013 6:32 pm

exelente de mucha ayuda gracias :D
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Patito2
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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeMiér Jun 19, 2013 7:34 pm

Hola pues llegaron a casa de mi mama (Senora de la tercera edad cargando a mi bebe d 19 meses) y le dicen que cómodo esposo no ha pagado su deuda con ellos pegara. Papeles en casa por casa de mis vecinos ( siendo que mi esposo y yo no vivimos son mis papas ) que puedo hacer en estos casos?
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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeMiér Jun 19, 2013 10:31 pm

DENUNCIALOS ANTE EL IFAI.

Escucha la entrevista que se le hizo al Director del IFAI.

https://www.defensadeldeudor.org/t44062-escuchen-entrevista-al-ifai?highlight=IFAI
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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeSáb Jul 06, 2013 11:07 pm

que e requerir el pago por vía mercantil ejecutiva???
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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeSáb Jul 06, 2013 11:16 pm

Citación :
que e requerir el pago por vía mercantil ejecutiva???

Parece que estas posteando fuera de tu tema.

Acá esta tu tema: https://www.defensadeldeudor.org/t48376-ayuda-con-el-despacho-usac#253273

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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeJue Jul 18, 2013 4:35 pm

un cobrador de banco azteca tiro fácil 20 papelitos  con mi nombre en la acera de mi casa con la cantidad que yo debía, todo por el fin de que se enteraran de mi deuda los vecinos, y no conforme fue hasta mi trabajo y como no me encontró puso tres papelitos mas en la puerta de mi oficina y para acabarla de amolar al enfrentarme a el le d¡je que por favor(todavía amable a pesar de todo) que dejara de visitarme a mi trabajo, me contesto que entonces pagara mi deuda y le dije que tenia problemas financieros y que aun a si pagaría lo mas pronto posible, se puso tan necio que  parecía grabadora y me dijo que no dejaría de ir todos los días a mi trabajo hasta que pagara, le dije que leyera mis labios ... ¡SI VOY A PAGAR PERO NO AHORITA! ... Y AUN A SI MAS NECIO SE PUSO. mi mamá murió y tuve gastos, hubo problemas en el sindicato y no me pagaron completo, tengo tres hijas y soy viuda, estoy sola.... ES UN ABUSO¡ y a la fecha no he podido pagar casi tres mil pesos que debo a BANCO AZTECA ... como ven?
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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeMiér Jul 24, 2013 2:49 am

Elyy escribió:
Hola! yo tengo una buena: SI NO ME DEPOSITAS X CANTIDAD PARA EL DIA DE HOY, PASADO MAÑANA TE AUMENTARA TU DEUDA AL DOBLE...

llora  por esa yo cai muchas veces..
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MensajeTema: AMENAZA ABSURDA   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeVie Ago 02, 2013 4:49 pm

Angel escribió:
Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)

Con esta sencilla guía de respuestas totalmente apegadas a derecho y por ende, a la realidad, podrás parar “en seco” a cualquier cobrador que trate de intimidarte con argumentos absurdos, leyes inventadas y/o mal aplicadas y demás amenazas creadas por mentes sin imaginación (ni conocimiento fundamental de leyes).

Esta guía se puede aplicar tanto para responder a las amenazas que te hacen vía telefónica, como para las que mandan por correo o dejan en nuestros domicilios por otros medios. Debes recordar que no porque venga escrito algo en un papel membretado, es una amenaza real ni mucho menos.

ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Technology_man_laptop_mobile_phone_angry_crazy_stress_problem

Recuerda que: Todo documento legal tiene que ser entregado por un representante de la autoridad competente y, en el caso de las deudas, este sería un ACTUARIO o bien un EJECUTOR plenamente identificados como enviados del juzgado correspondiente.

Recuerda que: TODO (absolutamente todo) lo que sea entregado por: un cobrador, un abogado, un licenciado o por el mismo dueño del banco CARECE por completo de valor legal alguno.


Aquí estan pues, las amenazas más comunes utilizadas por los malos cobradores y las respuestas inteligentes a estas (en primera persona).

(si tienes una amenaza nueva, no dudes por favor en postearla aquí para añadir su respuesta inteligente en esta lista)
:


1.- Amenaza Absurda:
Le vamos a hacer un arraigo vecinal!

Respuesta Inteligente: Este es un término que NADA tiene que ver con el asunto de las deudas, toda vez que el arraigo vecinal figura únicamente en el concepto de la mayor o menor integración de una persona o familia en la vida social de una comunidad de vecinos. NO quiere decir que me vaya a “arraigar con el vecino” ni mis bienes en absoluto.


2.- AA: Le vamos a hacer dictaminación de bienes!

RI: Esta dictaminación se daría si y solo si ya hubiera sido demandado conforme a derecho (Clic aquí) o bien, hubiera dado inicio a una jurisdicción voluntaria y, mediante cualquiera de estos dos recursos legales, yo mismo ofrecer bienes muebles o inmuebles para pagar mi deuda. Solo entonces el acreedor podría iniciar una dictaminación de bienes para valuar y seleccionar lo que mejor convenga a sus intereses. No es algo que se pueda dar unilateralmente y sin que exista un proceso legal previo.


3.- AA: Lo vamos a meter a la cárcel!

RI: El artículo 17 de la constitución política de los estados unidos mexicanos dice claramente que nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil como las que tengo con bancos, financieras, mueblerías, tiendas departamentales y/o prestamistas particulares. Así las cosas; es imposible que vaya a la cárcel por mis deudas.


4.- AA: Le vamos a poner negativa de pago.

RI: En ningún momento me estoy negando a pagar. Simple y sencillamente en este momento me es imposible hacerlo debido a mi situación económica adversa, pero en cuanto me estabilice pagare sin duda.


5.- AA: Le hablamos del juzgado fulano para avisarle que ya tiene una demanda.

RI: El artículo 16 constitucional dice claramente que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. Ósea que no me puedes notificar nada por teléfono aunque me llames de la mismísima presidencia y solo un actuario o ejecutor plenamente identificados podría notificar que hay un proceso legal de este timpo en mi contra.


6.- AA: Lo vamos a embargar mañana (notificación de embargo).

RI:
Primeramente, para que haya un embargo debí haber sido demandado y notificado conforme a derecho. Es decir que un ACTUARIO o un EJECUTOR debidamente identificados debieron entregarme mi cedula de notificación y copia de la demanda en mi contra y, si así lo dictamino un juez, señalar en ese momento bienes a ser embargados. Las “notificaciones de embargo” enviadas por correo, dejadas bajo la puerta, por email o vía telefónica carecen por completo de valor legal.


7.- AA: Le vamos a hacer ruptura de cerraduras, haremos uso de la fuerza pública y embargaremos sino esta con el testimonio de un vecino!

RI: Básicamente te daré la misma respuesta de arriba y solo añadiré que si intentas hacer cualquiera de estas cosas sin tener un mandato judicial bien fundamentado, el que se va a meter en muchos líos eres tu cobrador, pues estarías cometiendo una serie de delitos tales como: allanamiento de morada, daño en propiedad privada, intento de robo, usurpación de funciones públicas y profesionales entre otros.


8.- AA: Lo vamos a acusar de fraude!

RI: El fraude se daría solamente si mediante un engaño a un tercero, abuso de confianza, dolo, simulación, etc. hubiera obtenido un beneficio. Cosa que no es así, pues he sido cliente de su banco por x tiempo y siempre pague los préstamos que me otorgaron. Mi situación económica actual no es por decisión mía, simplemente mis ingresos bajaron por causas ajenas a mi control. Además, es obligación del acreedor el verificar que tenía la solvencia suficiente para poder pagar los préstamos que me dieron.


9.- AA: Le vamos a cobrar a sus referencias!

RI: Eso es imposible, pues mis referencias jamás firmaron como avales de mis préstamos y por lo tanto no tienen ninguna obligación relacionada a mis deudas.


10.- AA: Vamos a embargar la casa donde vive aunque no sea suya!

RI: Eso es imposible, pues las deudas son de las personas y no de los lugares que habitan o habitaron. Si estos bienes no me pertenecen y son propiedad legitima de un  tercero: mis padres, hermanos, amigos, arrendadores, hipotecarias, etc, entonces simple y sencillamente no pueden ser embargados pues son -como ya dije- de un tercero que no tiene obligación alguna con mis deudas.


11.- AA: Vamos a exhibir que es un deudor en toda su colonia y/o trabajo!

RI: En este caso estas cayendo en el delito de revelación de datos personales que protege el artículo 16 constitucional que señala: toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales. Ley de protección de datos personales en manos de terceros: Artículo 67.- Se impondrán de tres meses a tres años de prisión al que estando autorizado para tratar datos personales, con un fin de lucro difunda o publique por cualquier medio los datos personales de cualquier persona. Artículo 68.- Se sancionará con prisión de seis meses a cinco años al que, con el fin de alcanzar un lucro indebido, trate datos personales mediante el engaño, aprovechándose del error en que se encuentre el titular o la persona autorizada para transmitirlos. Artículo 69.- Tratándose de datos personales sensibles, las penas a que se refiere este Capítulo se duplicarán. Así que cuidadito.


Actualización: 11/oct/11

12.- AA: Comuníqueme con su jefe para descontarle de su sueldo lo que debe.

RI: Ay cobrador! Seguro no sabes que el artículo 112 de la Ley Federal del Trabajo dice que los salarios de los trabajadores no podrán ser embargados, salvo en caso de pensiones alimenticias ordenadas por la autoridad judicial, por lo que mi jefe no está obligado a descontarme ni un solo peso y menos solo porque tú lo dices!


13.- AA: Su casa ha sido subastada anexo lista de las personas interesadas en su propiedad.

RI: Primero; el banco tendría que demandarme y yo ser notificado de acuerdo a lo que dice el art. 16 constitucional; de forma escrita y entregada por un representante del juzgado, es decir: un actuario o un ejecutor plenamente identificado como tal. Luego si mi casa está a mi nombre, libre de gravamen, no supera hasta por tres veces el monto por el que me están demandando y no estoy casado por bienes mancomunados, se podría señalar como bien para embargo y luego, si soy vencido en juicio y no llegáramos a un acuerdo, entonces y solo entonces podría haber un remate de mi casa. Pero como no ha sido así pues… Estas diciendo cosas sin sentido.


14.- AA: Le entrego este papel fotocopiado y mal hecho que dice que usted ya fue demandado por nosotros!

RI: Señor cobrador esto es fraude por simulación y se da cuando una persona realiza un acto o escrito judicial falso con el fin de engañar y aprovecharse de una persona para obtener un beneficio indebido, como lo haces aquí mediante un falso proceso judicial y cuidado, porque puedes irte hasta por 10 años a la cárcel.

Actualización 4/nov/11

15.-AA: Le vamos a hacer una inspección ocular en su domicilio!

RI: Mira cobrador, eso que dices es del orden penal y mis deudas son de caracter puramente civil, pues el deber dinero no es un delito. La inspección ocular es una diligencia realizada por el Ministerio Público en la averiguación previa en la que dará fe de tener a la vista determinadas cosas o personas. Su objeto es acreditar el cuerpo del delito, esto es, los elementos objetivos externos. Por ejemplo, en un daño en propiedad ajena, se describe el objeto y las alteraciones que presenta. En este caso, al que le voy a hacer esa inspección es a ti si vienes a dañar mi casa con tus letreritos.

16.- AA: Le vamos a hacer una inspección extrajudicial a su domicilio!

RI: Cobrador... Extrajudicial quiere decir que NO es un acto judicial, así que si deseas venir a ver mi casa, te espero con mucho gusto, con la patrulla lista para remitirte al MP y todo.

17.- AA: Estoy grabando esta llamada y la usare como prueba en el juicio en su contra!

RI: ¡Uy cobrador! pues te deseo suerte, pues en México las llamadas telefónicas como elemento probatorio son admitidas solo en casos del orden penal y no civil, como es deber dinero al banco. Y aunque fueran admitidas, se requiere de toda una serie de peritajes para comprobar su autenticidad.

18.- AA: lo voy a obligar a que pague o si no...!

RI: ¡Cuidadito cobrador! Esa es una amenaza y esta penada por el artículo 282 de nuestro codigo penal federal y te puedo meter hasta un año de prisión o que te impongan de 180 a 360 días multa, así que mejor abuTiene 24 horas

Tiene 24 horas para depositar ____________ y liquidar su adeudo. De lo contrario se iniciará la integración de su expediente...etc.
________________________________________________________

Estas son las amenazas más comunes de las que eres sujeto por estos cobradores que –sin saberlo- incurren en una serie de delitos que los pueden privar de la libertad y generar multas onerosas en su contra. Esta pequeña guía será actualizada conforme los malos cobradores ideen nuevas formas de intimidación.

Como siempre, aquí en Defensa Del Deudor, S. C. estamos para informarte, apoyarte y defenderte.

Saludos!


También debes leer:

¿Que debo hacer si soy demandado realmente?

Tabal de niveles de riesgoade demanda

Los articulos constitucionales que te protegen como deudor
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bruno2013
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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeMar Ago 13, 2013 6:22 pm

ACUDI A USTEDES POR UNA GRAN DUDA Y ME LA RESOLVIERON , MUCHAS GRACIAS Y ESTA GUIA ESTA NI MANDADA A HACER PARA MUCHOS DE NOSOTROS QUE DESGRACIADAMENTE CAIMOS EN ESTE BACHE D LAS DEUDAS , EN SERIO GRACIAS POR ORIENTARNOS .
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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeMar Sep 10, 2013 3:26 pm

Que buena onda angel publicar esta guia para tenerla como una defensa mas a nuestro favor asi no podremos defender mas facilmente y apegados a la ley.
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Alex1987
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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeLun Oct 28, 2013 9:46 pm

Es ciero los cobradores abusan de nuestra preocupacion por no poder pagar, gracias por ayudar con su informacion
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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeMiér Nov 06, 2013 10:17 pm

No me dejan ni hablar solo me insultan, me amenazan me dicen que estoy demandada por edicto, me amenzan y lo hacen que me van a estar llamando cada cinco minutos, le han dicho a muchos compañeros mi situacion pero a su modo diciendo que alevosamente yo robe a liverpool .....no se com responder si no me dejan y no dejan el telefono.
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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeVie Nov 08, 2013 12:35 pm

Faltaria la de si no me paga usted le voy a ir a cobrar a su hermano en el negocio y se va a desprestigiar así que mejor pague.
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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeMar Nov 12, 2013 1:07 pm

EXCELENTE ARTICULO, LA VERDAD A MI ME TIENEN MUY ASUSTADA Y A TODA MI FAMILIA. GRACAS.
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Claudia Chavarria
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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeVie Dic 06, 2013 4:18 pm

A mi el dichoso licenciado, me llamo teibolera y me dijo que le lamiera las botas con la lengua, y que me iba a llegar a mi casa 4 patrullaS que iban a estar dos horas antes y que aparte llegarias el actuario y ejecutor en las mudanzas para que los cargadores cuando ellos dieran la orden para empezar a sacar mis cosas.
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luzmary
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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeVie Ene 24, 2014 10:22 pm

Excelente informacion.. gracias y q Dios lo bendiga x su apoyo...
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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeVie Feb 07, 2014 11:31 am

muchas gracias por los consejos muy buenos
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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeMiér Abr 09, 2014 2:10 pm

procederemos a ejecución de cobro en 24 horas...
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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeLun Abr 21, 2014 8:56 pm

buenas noches hace 2 dias me hablaron de banorte yo no me encontraba y contesto mi tia obiamente mi tia a la señorita que hablo le dijo que no me encontraba pero que si llamaba en 2 horas seguro me encontraria a lo que la señorita le respondio ES USTED UNA MENTIROSA POR QUE SEGURAMENTE ME LA ESTA NEGANDO MEJOR DIGALE A SU SOBRINA QUE SE VAYA A TRABAJAR SE SIRVIENTA O DE APERDIDA SE FICHERA POR QUE A NOSOTROS NOS TIENE QUE PAGAR O VA A VER QUE NOS PAGA O NOS PAGA mi tia se espanto y mejor colgo solo sabemos que hablaron de Monterrey
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MensajeTema: ¿Me dicen que tengo que pagar un crédito personal de mi esposo, que porque estoy como deudor solidario. Es cierto eso?   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeMar Jul 15, 2014 12:55 pm

Angel Gonzalez escribió:
Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)

Con esta sencilla guía de respuestas totalmente apegadas a derecho y por ende, a la realidad, podrás parar “en seco” a cualquier cobrador que trate de intimidarte con argumentos absurdos, leyes inventadas y/o mal aplicadas y demás amenazas creadas por mentes sin imaginación (ni conocimiento fundamental de leyes).

Esta guía se puede aplicar tanto para responder a las amenazas que te hacen vía telefónica, como para las que mandan por correo o dejan en nuestros domicilios por otros medios. Debes recordar que no porque venga escrito algo en un papel membretado, es una amenaza real ni mucho menos.

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Recuerda que: Todo documento legal tiene que ser entregado por un representante de la autoridad competente y, en el caso de las deudas, este sería un ACTUARIO o bien un EJECUTOR plenamente identificados como enviados del juzgado correspondiente.

Recuerda que: TODO (absolutamente todo) lo que sea entregado por: un cobrador, un abogado, un licenciado o por el mismo dueño del banco CARECE por completo de valor legal alguno.


Aquí estan pues, las amenazas más comunes utilizadas por los malos cobradores y las respuestas inteligentes a estas (en primera persona).

(si tienes una amenaza nueva, no dudes por favor en postearla aquí para añadir su respuesta inteligente en esta lista)
:


1.- Amenaza Absurda:
Le vamos a hacer un arraigo vecinal!

Respuesta Inteligente: Este es un término que NADA tiene que ver con el asunto de las deudas, toda vez que el arraigo vecinal figura únicamente en el concepto de la mayor o menor integración de una persona o familia en la vida social de una comunidad de vecinos. NO quiere decir que me vaya a “arraigar con el vecino” ni mis bienes en absoluto.


2.- AA: Le vamos a hacer dictaminación de bienes!

RI: Esta dictaminación se daría si y solo si ya hubiera sido demandado conforme a derecho (Clic aquí) o bien, hubiera dado inicio a una jurisdicción voluntaria y, mediante cualquiera de estos dos recursos legales, yo mismo ofrecer bienes muebles o inmuebles para pagar mi deuda. Solo entonces el acreedor podría iniciar una dictaminación de bienes para valuar y seleccionar lo que mejor convenga a sus intereses. No es algo que se pueda dar unilateralmente y sin que exista un proceso legal previo.


3.- AA: Lo vamos a meter a la cárcel!

RI: El artículo 17 de la constitución política de los estados unidos mexicanos dice claramente que nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil como las que tengo con bancos, financieras, mueblerías, tiendas departamentales y/o prestamistas particulares. Así las cosas; es imposible que vaya a la cárcel por mis deudas.


4.- AA: Le vamos a poner negativa de pago.

RI: En ningún momento me estoy negando a pagar. Simple y sencillamente en este momento me es imposible hacerlo debido a mi situación económica adversa, pero en cuanto me estabilice pagare sin duda.


5.- AA: Le hablamos del juzgado fulano para avisarle que ya tiene una demanda.

RI: El artículo 16 constitucional dice claramente que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. Ósea que no me puedes notificar nada por teléfono aunque me llames de la mismísima presidencia y solo un actuario o ejecutor plenamente identificados podría notificar que hay un proceso legal de este timpo en mi contra.


6.- AA: Lo vamos a embargar mañana (notificación de embargo).

RI:
Primeramente, para que haya un embargo debí haber sido demandado y notificado conforme a derecho. Es decir que un ACTUARIO o un EJECUTOR debidamente identificados debieron entregarme mi cedula de notificación y copia de la demanda en mi contra y, si así lo dictamino un juez, señalar en ese momento bienes a ser embargados. Las “notificaciones de embargo” enviadas por correo, dejadas bajo la puerta, por email o vía telefónica carecen por completo de valor legal.


7.- AA: Le vamos a hacer ruptura de cerraduras, haremos uso de la fuerza pública y embargaremos sino esta con el testimonio de un vecino!

RI: Básicamente te daré la misma respuesta de arriba y solo añadiré que si intentas hacer cualquiera de estas cosas sin tener un mandato judicial bien fundamentado, el que se va a meter en muchos líos eres tu cobrador, pues estarías cometiendo una serie de delitos tales como: allanamiento de morada, daño en propiedad privada, intento de robo, usurpación de funciones públicas y profesionales entre otros.


8.- AA: Lo vamos a acusar de fraude!

RI: El fraude se daría solamente si mediante un engaño a un tercero, abuso de confianza, dolo, simulación, etc. hubiera obtenido un beneficio. Cosa que no es así, pues he sido cliente de su banco por x tiempo y siempre pague los préstamos que me otorgaron. Mi situación económica actual no es por decisión mía, simplemente mis ingresos bajaron por causas ajenas a mi control. Además, es obligación del acreedor el verificar que tenía la solvencia suficiente para poder pagar los préstamos que me dieron.


9.- AA: Le vamos a cobrar a sus referencias!

RI: Eso es imposible, pues mis referencias jamás firmaron como avales de mis préstamos y por lo tanto no tienen ninguna obligación relacionada a mis deudas.


10.- AA: Vamos a embargar la casa donde vive aunque no sea suya!

RI: Eso es imposible, pues las deudas son de las personas y no de los lugares que habitan o habitaron. Si estos bienes no me pertenecen y son propiedad legitima de un  tercero: mis padres, hermanos, amigos, arrendadores, hipotecarias, etc, entonces simple y sencillamente no pueden ser embargados pues son -como ya dije- de un tercero que no tiene obligación alguna con mis deudas.


11.- AA: Vamos a exhibir que es un deudor en toda su colonia y/o trabajo!

RI: En este caso estas cayendo en el delito de revelación de datos personales que protege el artículo 16 constitucional que señala: toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales. Ley de protección de datos personales en manos de terceros: Artículo 67.- Se impondrán de tres meses a tres años de prisión al que estando autorizado para tratar datos personales, con un fin de lucro difunda o publique por cualquier medio los datos personales de cualquier persona. Artículo 68.- Se sancionará con prisión de seis meses a cinco años al que, con el fin de alcanzar un lucro indebido, trate datos personales mediante el engaño, aprovechándose del error en que se encuentre el titular o la persona autorizada para transmitirlos. Artículo 69.- Tratándose de datos personales sensibles, las penas a que se refiere este Capítulo se duplicarán. Así que cuidadito.


Actualización: 11/oct/11

12.- AA: Comuníqueme con su jefe para descontarle de su sueldo lo que debe.

RI: Ay cobrador! Seguro no sabes que el artículo 112 de la Ley Federal del Trabajo dice que los salarios de los trabajadores no podrán ser embargados, salvo en caso de pensiones alimenticias ordenadas por la autoridad judicial, por lo que mi jefe no está obligado a descontarme ni un solo peso y menos solo porque tú lo dices!


13.- AA: Su casa ha sido subastada anexo lista de las personas interesadas en su propiedad.

RI: Primero; el banco tendría que demandarme y yo ser notificado de acuerdo a lo que dice el art. 16 constitucional; de forma escrita y entregada por un representante del juzgado, es decir: un actuario o un ejecutor plenamente identificado como tal. Luego si mi casa está a mi nombre, libre de gravamen, no supera hasta por tres veces el monto por el que me están demandando y no estoy casado por bienes mancomunados, se podría señalar como bien para embargo y luego, si soy vencido en juicio y no llegáramos a un acuerdo, entonces y solo entonces podría haber un remate de mi casa. Pero como no ha sido así pues… Estas diciendo cosas sin sentido.


14.- AA: Le entrego este papel fotocopiado y mal hecho que dice que usted ya fue demandado por nosotros!

RI: Señor cobrador esto es fraude por simulación y se da cuando una persona realiza un acto o escrito judicial falso con el fin de engañar y aprovecharse de una persona para obtener un beneficio indebido, como lo haces aquí mediante un falso proceso judicial y cuidado, porque puedes irte hasta por 10 años a la cárcel.

Actualización 4/nov/11

15.-AA: Le vamos a hacer una inspección ocular en su domicilio!

RI: Mira cobrador, eso que dices es del orden penal y mis deudas son de caracter puramente civil, pues el deber dinero no es un delito. La inspección ocular es una diligencia realizada por el Ministerio Público en la averiguación previa en la que dará fe de tener a la vista determinadas cosas o personas. Su objeto es acreditar el cuerpo del delito, esto es, los elementos objetivos externos. Por ejemplo, en un daño en propiedad ajena, se describe el objeto y las alteraciones que presenta. En este caso, al que le voy a hacer esa inspección es a ti si vienes a dañar mi casa con tus letreritos.

16.- AA: Le vamos a hacer una inspección extrajudicial a su domicilio!

RI: Cobrador... Extrajudicial quiere decir que NO es un acto judicial, así que si deseas venir a ver mi casa, te espero con mucho gusto, con la patrulla lista para remitirte al MP y todo.

17.- AA: Estoy grabando esta llamada y la usare como prueba en el juicio en su contra!

RI: ¡Uy cobrador! pues te deseo suerte, pues en México las llamadas telefónicas como elemento probatorio son admitidas solo en casos del orden penal y no civil, como es deber dinero al banco. Y aunque fueran admitidas, se requiere de toda una serie de peritajes para comprobar su autenticidad.

18.- AA: lo voy a obligar a que pague o si no...!

RI: ¡Cuidadito cobrador! Esa es una amenaza y esta penada por el artículo 282 de nuestro codigo penal federal y te puedo meter hasta un año de prisión o que te impongan de 180 a 360 días multa, así que mejor abusado.




________________________________________________________

Estas son las amenazas más comunes de las que eres sujeto por estos cobradores que –sin saberlo- incurren en una serie de delitos que los pueden privar de la libertad y generar multas onerosas en su contra. Esta pequeña guía será actualizada conforme los malos cobradores ideen nuevas formas de intimidación.

Como siempre, aquí en Defensa Del Deudor, S. C. estamos para informarte, apoyarte y defenderte.

Saludos!


También debes leer:

¿Que debo hacer si soy demandado realmente?

Tabal de niveles de riesgoade demanda

Los articulos constitucionales que te protegen como deudor
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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeMar Jul 15, 2014 2:39 pm

Antes que nada un cariñoso saludo Angel y staff y darte las gracias por los tips, que seguramente muchos de nosotros ya hemos tenido la mala suerte de toparnos con cobradores de este tipo que además en algunos casos se hacen pasar por "licenciados"
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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeMar Jul 29, 2014 7:43 pm

Hola Lic. Angel .
Algunos cobradores usan esta amenza modificada.
"Reciba ejecutor para adjudicación de bienes por fraude _________(nombre del deudor)
Tiene hasta mañana para liquidar el adeudo $.....


Lo envían por mensajes a celalular tambien.
 Por favor ayuda con una RI para este tipo de amenaza. Porque ya mencionan hasta un ejecutor.
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MensajeTema: Re: ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores)   ARTICULOS: Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas V 2.0 (de cobradores) - Página 4 Icon_minitimeMiér Oct 08, 2014 9:58 pm

Hola muy buenos los tips una pregunta si me hablan y disen que si no les doy un dia para pagar me van a estar marque y marque pero ami trabajo que se puede hacer en este caso
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