Neonini:
Simplemente no pueden entrar a tu domicilio sin la orden de un juez ya que esto lo estipula lo siguiente:
CAPITULO II
ALLANAMIENTO DE MORADA ARTICULO 285
SE IMPONDRÁN DE UN MES A DOS AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA DE DIEZ A CIEN PESOS, AL QUE, SIN MOTIVO JUSTIFICADO, SIN ORDEN DE AUTORIDAD COMPETENTE Y FUERA DE LOS CASOS EN QUE LA LEY LO PERMITA, SE INTRODUZCA, FURTIVAMENTE O CON ENGAÑO O VIOLENCIA, O SIN PERMISO DE LA PERSONA AUTORIZADA PARA DARLO, A UN DEPARTAMENTO, VIVIENDA, APOSENTO O DEPENDENCIAS DE UNA CASA HABITADA.
Eso de que te van a acusar con tu papá pues ya somos personas adultas y ya sabemos nuestras responsabilidades.
No te preocupes solo buscan manaras de presionarte para que pagues y se lleven una comisión para que lleven de comer a su familia.
Recuerda que tienes a tu servicio dos números de emergencia para que en dado caso que se presenten estos empleados que no lo creo llames inmediatamente y seas asesorado en tiempo y forma de lo que tienes que hacer:
https://www.defensadeldeudor.org/t1001-telefono-de-emergencia#147252Cualquier duda estamos para ayudarte.
Saludos.