Mmmm en teoría el embargo es procedente, pero si ellos demuestran en el acto que las cosas son ellos y no del deudor, entonces no tendrás problemas, ya que existe jurisprudencia en la que se hace mención a esto de la siguinet manera:
Se presume que todo lo que se encuentre en un domicilio es propiedad del que suscribe en el título de propiedad del bien inmueble.
Así que no te preocupes no va a demandarte en casa de tu mama y menos a embargar.
Te agradecería que me regalaras una llamada.
Saludos.