Hola Jesus,
Como bien nos ha comentaod en distintos casos el Lic. Vazquez "Es mejor un buen arreglo que un mal juicio"
Debes de tener en cuenta que las deudas que tengas amparadas por pagagré en el contrato de apertura del credito son las más delicadas porque facultan al acreedor a realizar embargos precautorios antes del preoceso mercantíl.
Por otro lado todo la ley no exige ijmposibles y si no puedes pagar de la manera en que ellos piden tu estás en derecho de pedir un descuento sobre de intereses o sobre el monto del total de la deuda y hacer un CONVENIO POR ESCRITO donde el acreedor admite la modificación de la deuda y el pago en los nuevos terminos.
Ojo que las reestructuras no ayudan solo alargan el proceso de la deuda e inflan la cuenta.
Así mismo como te comente de las deudas de pagarés el acreedor esta en su derecho de requerirte le pago de manera extrajudicial (cobranza) o judicialmente (demanda) pero tú en tu derecho de no ser amenazado o molestado en tu domicilio con el pretexto de un embargo por su propia mano, ya que en las mueblerias el casó mas común es hacer embargos express sin orden judicial de ello diciendo que como no has pagado la mercancia legalmente les pertence y de paso se roban una que otra cosa más de la casa.
El simple hecho de intentar hacer esto es un delito penal y puedes entambar a los involucrados en la intentona.
Hasta el momento es lo que te puedo comentar de tu caso.
Mis mejores saludos.