No, no puedes ir a la cárcel.
En México, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 17, establece que ninguna persona puede ser privada de su libertad por deudas de carácter civil. Además, la Ley de Instituciones de Crédito en su artículo 112, prohíbe a los acreedores utilizar medios violentos o intimidatorios para exigir el pago de una deuda.
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