Hola jantonoliov: Mira, primero que nada me gustaría que sepas que los despachos NO TIENEN NINGUN PODER LEGAL PARA HACER EMBARGOS.
Lo que te dijeron son puras de sus tretas para amedrentarte y lograr pagos para sacar su comisión. Y eso que desde febrero la ley los respalda, si como no, la ley permite la venta de deuda del acreedor original pero no así como así y como dudo mucho que este despacho haya comprado tu deuda pues ...
Lo que es primordial que tengas presente, es que ANTES de hacer cualquier pago, debes de solicitar convenio por escrito firmado y confirmarlo con el banco, pues lamentablemente ha habido casos de deudores a los que los han transeado con eso de tu paga y luego nos arreglamos.
Leí que pediste tu carta convenio y te la mandaron vía electrónica, ¿está firmada ? ¿ la checaste con el banco? Es importante que lo hagas para evitarte sorpresas desagradables posteriores.
Por cierto para que haya un Embargo, PRIMERO te deben de demandar y un actuario debe de notificarte la demanda ( te han dado algo así ? ¿ no verdad ?) , segundo tu debes de contestar la demanda y tercero tendrán vistas con el juez y solo después de todo eso, si el juez lo considera prudente entonces y solo entonces el juez y solamente el juez puede dar orden de embargo.
Todo lo que te digan antes de eso, son llamaradas de petate.
Tu tranquilo y ánimo