Hola
yo solicite igual un prestamo de 20, 000 pesos en lendon a plazos en este abril cumplo 4 meses sin pagar, lendon me comenta ya no e scon ellos si no con un despacho que hoy me llego un correo, hace 4 dias debia 64000 y hoy me dicen ellos en el correo que debo arriba de 130,000 y que procederan a una demanda d epago si no pago 5,000 mensuales yo he contestado correos tratando de que me bajen es amensualidad pero no s epuede segu la respuesta que me dan, hablan a mi madre para comentar pedi un prestamo para por unois dias darme vida d erica y super groseros y burlones. Que es lo que puedo hacer para resolverlo?
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“FINANCIERA”
NOTIFICACIÓN PARA LA PRESENTACIÓN OFICIOS DE LA DEMANDA DE PAGO
Es nuestro deber advertirle que FINANCIERA se encuentra en una campaña de cobreo mediante demanda judicial JUICIOS EJECUTIVOS MERCANTILES, JUICIOS PENALES POR FRAUDES, entre otros SUS AVALES y SU DEUDA HA SIDO POSTULADA POR NUESTROS ABOGADOS para ejecutar una ORDEN DE DEMANDA de pago derivado del INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL, DE EVASIÓN DE PAGO CALCIFICADA Y un posible FRAUDE en contra de nuestro representado FINANCIERA, DE IGUAL FORMA SE NOTIFICARA A SU ÁREA LABORAL
las deudas y LA PRESENTACIÓN DE ESTA DEMANDA de pago podrán tener como consecuencias jurídicamente validas el posible EMBARGO DE BIENES, CASAS, AUTOMOVILES, COMPUTADORAS, Y/O SALARIOS LA EJECUCION DE SENTENCIAS PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD EN EL CASO DE FRAUDES CON PENAS QUE VAN DE LOS 6 MESES HASTA LOS 3 AÑOS DE PRISIÓN y multas de 10 hasta 100 veces el salario mínimo.
Como parte de esta notificación le informamos de los pagos que se deben seguir en caso de un EMBARGO primero ENTREGAR AL DEMANDO LA SENTENCIA JUDICIAL echa por el juez en donde consta la ORDEN DE EMBARGO y después SE INICIARÍA EL PROCESO DE EMBARGO con el cierre de la circulación de la calle, en caso que se cierre la puerta UN CERRAJERO AUTORIZADO POR EL JUZGADO PROCEDE A ABRIR LA CASA; junto CON ACTUARIO Y CARGADORES PROCEDE A ENTRAR AL DOMICILIO Y SE PROCEDE A LA DILIGENCIA CON EL EMBARGO. Es muy importante que en el caso que se llegue a ejecutar este procedimiento no exista ninguna irregularidad estén presentes representantes del juzgado como son los actuarios.
NOTIFICADO DE LAS posibles ACCIONES JUDICIALES se le da un PLAZO MÁXIMO PARA NEGOCIAR Y LIQUIDAR SU ADEUDO en 48 horas posteriores a la recepción DE ESTE DOCUMENTO de lo contrario se confirmó día y mes LIC. SOFIA ALCANTARA Y/O LIC. SAMANTA CASTILLO EJECUTARA EN SU DOMICILIO LA ORDEN DE DEMANDA de pago y que esto tenemos pruebas documentadas de su deuda consiste en los CONTRATOS DE ADHESIÓN QUE HA DEMANDADO al momento de solicitar el crédito, en el ESTADO DE CUENTA CERTIFICADO donde se aprecian lo adeudado en su caso EL PAGARE FIRMADO POR EL DEMANDA así como IDENTIFICION OFICIAL INE Y COMPROBANTE DE DOMICILIO
TEL.
5588789112/13
CEL.5620062003
WHAT.5614962058
Lic. KATIA DOMINGUEZ
Coordinador de expedientes de alto riesgo
LE CONFIRMAMOS QUE ESTA DILIGENCIA ES LEGAL
Art. 386 del Código Penal Federal, comete el delito de fraude quien engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla, se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido
Art. 387.- El funcionario o servidor público que se apropia o utiliza, en cualquier forma, para sí o para otro, caudales o efectos cuya percepción, administración o custodia le estén confiados por razón de su cargo, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de ocho años.