Ellos no pueden ir a embargar. ¿por qué? Resulta que esa es actividad exclusiva del juzgado, ésto funciona así: Cuando el acreedor se "molesta" por la falta de pago, delega la responsabilidad de cobro en el depto. de cobranza, sino logran nada, contratan un despacho externo, sí estos tampoco logran nada, promueven la demanda ante el juzgado, que es el único que puede embargar. Y aún así, supongamos que el juzgado acude a embargar, y que entonces tu les dices que te opones al proceso, pues se van, que vuelven después, ni hablar, pero te dan tiempo a que contrates un abogado que conteste la demanda.
Si los representantes del acreedor -despachos de cobranza- quieren entrar a tu casa, te comento que no tienen derecho, así que lo que harías es llamar a la policía, en caso de que ellos lleven una patrulla, ni la tomes en cuenta, son policías COMPRADOS o engañados.
Ahora, respecto a tu última pregunta, los cobradores acostumbran inflar la deuda para que pienses en pagar como sea,así es que sí quieres saber en realidad cuánto debes, checa el reporte en el círculo de crédito, aquí en internet. Si no hubiera nada, checas en el buró de crédito, pides el reporte sin score, es gratuito una vez cada 12 meses
Espero que mis comentarios sean de ayuda. aunque no pertenezco al staff, la información en la que me baso para opinar,es la que se pública en esta página.
Saludos