Sí haces el pago, no contarías con nada que respalde el hecho, por eso es obligación del acreedor otorgarte la carta convenio antes del pago, de otro modo tu dinero es muy probable "que se pierda". Sin carta convenio no se paga. Así planteaselos a tu acreedor, ellos saben que así debe de ser, además, es posible que te nieguen la carta convenio porque en realidad el acreedor ni está enterado del "descuento", todo puede ser movida -chueca, para variar- de cobranza.
Saludos