Buenas noches. Siento enterarme el problema por el que pasas, espero que tu papá se recupere. por otro lado, ya entrando en materia, las deudas no se transfieren, son del deudor, y cuando pides un crédito -espero que no sea necesario usar esta cláúsula- te dicen que en caso de que fallesca el deudor, sus deudas se condonan -es decir, se perdonan- así es que ustedes concentrense en la recuperación de tu papá, el banco se va a unir a ustedes en sus plegarias, se los aseguro.
Saludos