FABRICAS DE FRANCIA, S.A. DE C.V. Y/o DISTRIBUIDORA LIVERPOOL, S.A. DE C.V solicita de Usted el cumplimiento de la deuda contraída con ella por la cantidad de $ 3742 más intereses moratorios generados por el pago pendiente de la (s) cuenta (s) - 10000020535744-01 ante la renuencia de su parte en requisiciones pasadas.
En la mora que presenta hasta este momento con la (s) EMPRESA (S) antes citada (s) se observan meses de retraso en su pago, por ello es exigible la liquidación de su adeudo con la Institución señalada evitando requerir su pago en trámite judicial ante un Juzgado de Paz o de Primera Instancia en Turno mediante un PROCEDIMIENTO EJECUTIVO MERCANTIL, llevando a cabo un EMBARGO en el domicilio ubicado en la ANTIGUO CAMINO A APODACA 459, COLONIA VILLAS DE ORIENTE, CODIGO POSTAL 66470 EN SAN NICOLAS DE LOS GARZA . Para garantizar por un monto de tres veces la totalidad del adeudo según enuncia el Artículo 1392 del Código de Comercio que a la letra establece: “Presentada por el actor su demanda acompañada del título ejecutivo, se proveerá auto, con efectos de mandamiento en forma, para que el deudor sea requerido de pago, y no haciéndolo se le embarguen bienes suficientes para cubrir la deuda, los gastos y costos, poniéndolos bajo responsabilidad del acreedor, en depósito de persona nombrada por este.”, de igual forma se ejecutaran bienes propios o ajenos según el Párrafo Tercero del Artículo 1394 del mismo Ordenamiento, el cual refiere que “…La diligencia de embargo no se suspenderá por ningún motivo, sino que se llevara adelante hasta su conclusión…” gravando mercancías, créditos, muebles, inmuebles o acciones y derechos.
Para cumplir con la determinación anterior de conformidad con el Artículo 59 del Código Federal de Procedimientos Civiles se empleara cualquiera de las siguientes medidas de apremio:
I. Multa hasta por la cantidad de ciento veinte días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal…
II. El auxilio de la fuerza pública…;
Por lo antes expuesto tiene Usted un TERMINO DE SETENTA Y DOS HORAS a partir de la fecha de notificación de este documento para liquidar su adeudo, comunicarse a los teléfonos señalados al calce de este ocurso, o, acudir al domicilio estipulado evitando problemas de naturaleza Mercantil que atentarían contra su patrimonio.
Atentamente.