Hola…Que tal, soy nuevo en el foro…si bien me he informado especial mente aquí en la pagina, la última carta que me llego de un despacho de cobranza (Solano, Rivas, Shuetler y Abogados) me dejo realmente pensando…quisiera pedirles por favor su opinión, en que puedo hacer…mi caso es el siguiente…solicite con BBVA Bancomer un crédito de nomina, el cual quede a deber 11,000.- esto a que me quede sin trabajo y pase por una situación familiar complicada…esto fue durante casi un año…posteriormente me acerque al Banco para tratar de arreglar esto, el cual me indico el monto al que ya había crecido mi deuda, todo esto por intereses…la verdad se me complicaba pagar en ese momento…en el mes de Septiembre de este año, comenzaron a llegar cartas de este despacho, por lo que investigado esta muy mal referenciado…adicionalmente me intentado ponerme en contacto con ellos y solo el teléfono suena ocupado o no contestan…las cartas indicaban que BBVA Bancomer ya no tenia la deuda, si no era de Monetización de Activos S. de R.L. de C.V….saque mi reporte de Buro y solo parecía como cerrada la cuenta con BBVA Bancomer…
La última carta que me llego por correo ordinario y en tamaño carta, con el titulo de “Aviso Urgente” refería lo siguiente: Usted ya ha sido requerido extrajudicialmente de pago en ocasiones previas por el adeudo que presenta con BBVA Bancomer, ante su negativa de pago y su nula responsabilidad de hacer frente a su problema hemos elegido cobrar el EL PAGARE por la vía judicial. Su saldo adeudado es por la cantidad de $65,406.63. BBVA Bancomer vendio los derechos de cobro de su PAGARE. La propietaria del adeudo a través de Solano, Rivas, Shuetler y Abogados han iniciado ya el proceso judicial donde el C. Juez Civil ya ha dictado el auto de ejecución (REQUERIMIENTO DE PAGO JUDICIAL O EN CASO EMBARGO) el cual se practicara en su domicilio o fuente de empleo entre 2 Y EL 13 DE ENERO DE 2012 acompañados del Actuario adscrito al tribunal de su jurisdicción para diligenciar VIA EXHORTO dicho mandamiento. Solano, Rivas, Shuetler y Abogados, usara los medios legales necesario, pues el objetivo es cubrir el adeudo del CONTRATO Y PAGARE firmado a BBVA Bancomer y accesorios. Al efecto le informamos lo que disponen los artículos 1393 y 1394 del código de comercio….Es practica legal que se embargue hasta por tres tantos para garantizar el importe pedido de lo reclamado que en este caso es de $196,219.89 mas accesorios legales en caso de oponerse a la diligencia de embargo, la ley contempla como medida de apremio: la multa, arresto, rompimiento de cerraduras y uso de fuerza publica, evítenos tener que solicitarlas al C. Juez. Para poderse ahorrarse el cobro de honorarios de Solano, Rivas, Shuetler y Abogados y la pena moral de verse presionado por un PROCESO JUDICIAL, es necesario que realice el pago de $19,621.99 a mas tardar el 30 de Diciembre de 2011. APROVECHE ESRA ULTIMA OPORTUNIDAD DE PAGO QUE SOLANO, RIVAS Y SHUETLER Y ABOGADOS LE OFRECE PARA LIQUIDAR SU ADEUDO, CON EL CUAL QUEDARA SIN EFECTOS LA NOTIFICACIÓN DE EMBARGO LE RECORDAMOS QUE NUESTRO DESPACHO JURIDICO NO DESEA PERJUDICARLO. SI HACE CASO OMISO SE PROCEDERA EN CONSECUENCIA….
La verdad no sé que pensar de este tipo de cartas, pareciera la versión mas sofisticada de la extorsión o si realmente puede pasar algo, mis preguntas son:
1. Cuando te demandan, primero tienen que avisarte para contestar la demanda o puede llegar el actuario y señalar bienes para embargo…???
2. Como se menciona el Juez Civil ya dicto el auto de ejecución…esto se real o se puede…???
3. Realmente se puede exigir un pago 3 veces mayor a lo que según ellos dicen se debe…esto debería ser por medio de un juicio o es viable legalmente…???
4. Pueden llegar a romper cerraduras y uso de fuerza publica…sin existir una orden o proceso (Juicio) previo sin que haya sido notificado…???
5. El que yo realice un pago detiene una notificación de embargo o esto es solo un falsedad para que yo deposite…???
Me intención es pagar lo que debo, pero lo justo…me comunique con Monetización de Activos, para preguntarles acerca de la carta convenio y carta finiquito a lo que solo respondieron que ellos no entregan cartas convenio primero depositara y después podrían entregarme carta finiquito…esto tampoco me dio ninguna seguridad….
De verdad me ayudaría mucho su opinión acerca de mis preguntas y en general de la carta que me enviaron…que me recomiendan hacer en mi caso y que referencias tienen de este despacho y Monetización de Activos…
Saludos y Muchas Gracias en verdad por la atención….Felices Fiestas...!!!