No siempre debes recogerlo, también se puede hacer un finiquito del mismo y en este se extingue toda obligación anterior, ahora bien si la casa la estás pagando entonces es cosa de hacer cuentas, el acreedor puede solicitar el embargo del bien el liquidar el resto infonavit, si así lo hace entonces es completamente legal, ya que ellos pueden pagar lo que falta y tu quedarías fura de tu casa en menos de lo que canta un gallo, por eso hay que hacer las cuentas.
Por otro lado si tienen cosas de valor (sala, refrigerador, televisores), esas cosas las vas a perder en el momento en el que te emplacen a juicio, las demandas ejecutivas vienen con auto de mandamiento en forma.
Como veras es muy difícil dar una asesoría por este medio, por lo que te invito a que me llames.
Saludos.