Hola guillermoasesoria.
No mencionas el monto que adeuda tu madre, pero para que haya un embargo, primero debe existir una demanda y ésta la debe de hacer el acreedor (elektra), NO el cobrador. Un juez dictaminará si la demanda procede o no.
Las demandas son procesos largos y costosos, por eso el acreedor NORMALMENTE preferirá llegar a un acuerdo.
Requisitos para la diligencia de embargo:
1. Debe estar en hoja membretada Original del "Poder Judicial de la Federación", con un sello en la parte superior izquierda.
2. El oficio debe tener sello original del juzgado que ordena el embargo, nombre y firma original del titular del juzgado o del secretario de acuerdos que lo suple.
3. Debe tener el número de expediente y el tipo de juicio.
4. Debe identificar a la persona, física o moral a la que se requerirá el monto de lo adeudado.
5. Debe contener la transcripción del acuerdo dictado por juez competente, en donde conste que se está ordenando el embargo y el motivo del mismo.
Si no se identifican debidamente, llama a la policia. NO LES ABRAS LA PUERTA NI PERMITAS QUE SE LLEVEN NADA.
Ahora, si el juez dictamina el embargo, pueden ser artículos de cualquier naturaleza (coche, tv, computadoras, muebles, etc.) que cubran el monto establecido. Si no cuentan con nada de ésto, se irán sobre la mercancía de la papelería, pero... puedes estar seguro de que ellos prefieren llegar a un acuerdo pues lo que les interesa es el $$$, no artículos de papelería.
Saludos